Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2021

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210922-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de julio de 2021, por el que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigido a asociaciones clubes y entidades deportivas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, cuya actividad se haya visto afectada por la COVID-19.

BDNS (Identif.): 583729

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/583729).

Objeto.—El objeto de la presente convocatoria pública es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva para ayudar a los clubes y a las entidades deportivas que se han visto afectadas por la reducción y/o cese de la actividad debido a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Régimen Jurídico.—Estas subvenciones se otorgan de acuerdo con los principios de igualdad, no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, eficacia y eficiencia, establecidos en el artículo 17 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Son discrecionales, voluntarias y eventuales, revocables y reducibles en todo momento y en ningún caso generan derechos para obtener de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente, convocatoria de Subvenciones aprobada por JGL el 27 de julio de 2021 Personas beneficiarias: Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en estas bases todas las asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:

— Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo a la fecha de aprobación por la Junta Local de Gobierno de la presente Convocatoria.

— Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Rivas Vaciamadrid.

— Haber tenido que suspender total o parcialmente actividades como medida derivada de la aplicación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por Real Decreto 465/2020 y normas concordantes o por la aplicación de protocolos relacionados con la COVID-19 puestos en marcha por la Concejalía de Deportes que han restringido la normal actividad de las entidades afectadas.

— No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el Anexo 2, Declaración Responsable de estas bases.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes: del 1 al 15 de septiembre de 2021.

Documentación a presentar:

— Solicitud de la ayuda en el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria (Anexo 1, Solicitud de ayuda). Se incluirá en el Anexo 1, Declaración responsable cumplimiento norma mínimis, sobre las ayudas percibidas por entidad solicitante cualquiera que sea la Administración que las conceda y la finalidad de las mismas, en el ejercicio fiscal a que se refiera esta convocatoria y en los dos ejercicios fiscales anteriores.

— Anexo 2, Declaración responsable: Declaración responsable de la entidad de no estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Anexo 3: Relación de gastos de prevención e higiene sufridos debido a las medidas adoptadas para la contención de la pandemia sanitaria del COVID-19. Además como información adicional a este Anexo se aportarán en formato PDF copia de todas las facturas relacionadas en el Anexo 3 siguiendo el mismo orden que el relacionado en el propio Anexo.

— Anexo 4: Relación de gastos estructurales. Además como información adicional a este Anexo se aportarán en formato PDF copia de todas las facturas relacionadas en el Anexo 4 siguiendo el mismo orden que el relacionado en el propio Anexo.

— Anexo 5: Certificado federación. En el caso que una entidad participe en competiciones en más de una modalidad deportiva, y éstas sean organizadas distintas federaciones deportivas, la entidad podrá aportar un certificado por cada federación y modalidad deportiva.

— Anexo 6: Certificado escuelas: Con base en lo establecido por el artículo 28.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, la Administración consultará o recabará a través de la aplicación Deporwin, los datos proporcionados por cada entidad al encontrarse estos datos en poder de la Administración actuante.

— Anexo 7: Relación de personas trabajadoras. Además, como información adicional a este Anexo se aportarán en formato PDF copia de los contratos laborales y copia de los recibos de nómina de cada uno de los meses incluidos dentro del período subvencionable.

Oficinas Servicio de Atención Ciudadana (SAC):

— Tenencia de Alcaldía, plaza de la Constitución, sin número.

Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas y sábados, de 9:00 a 12:30 horas.

— Ayuntamiento del Casco, plaza 19 de abril, sin número.

Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas.

Asimismo, podrán presentarse en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid o en los Registros de la Administración General del Estado o de otras Comunidades Autónomas, en los Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, oficinas de Correos o en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuantía: 215.000 euros.

Período subvencionable: desde el día 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de Declaración de Alarma por COVID-19, hasta el 30 de junio de 2021.

Rivas Vaciamadrid, a 15 de septiembre de 2021.—El alcalde, Pedro del Cura.

(03/27.307/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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