Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2021

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210922-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 2

59
Fuenlabrada número 2. Procedimiento 371/2021

EDICTO

Doña Cristina Fernández Guerra, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves 371/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 109 de 2021

El magistrado-juez, don Fernando Orteu Cebrián.—En Fuenlabrada, a 16 de junio de 2021.

Don Fernando F. Orteu Cebrián, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de esta ciudad y su partido, vistos los precedentes autos de juicio de delito leve 371/2021, seguidos por un presunto delio leve de amenazas,

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Pablo Peinado Martín del delito leve por el que venía denunciado.

Se declaran de oficio las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se encontrarán las actuaciones en la Secretaría a disposición de las partes.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Pablo Peinado Martín, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Fuenlabrada, a 1 de septiembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.653/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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