Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
23-09-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210923-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

58
Madrid número 4. Procedimiento 327/2021

EDICTO

D./DÑA. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE MADRID.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves nº 327/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 38/2021

Ilmo Sr MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS.

Lugar: Madrid.

Fecha: veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, D./DÑA. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, Ilmo Sr MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 327/2021, contra D./Dña. ALTIN AKIN EMIRASAN y D./Dña. TITILE MEMET, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S. M. el Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a ALTIN AKIN EMIRASAN y TITILE MEMET como autor responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, tipificada en el artículo 234.2 y 3, del Código Penal a la pena de 35 DE MULTA, con una cuota diaria de 3 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.

Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.

Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los CINCO días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de 10 días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso o transferencia al BANCO DE SANTANDER cuenta 2464-0000-A1-2021-0327-21.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. ALTIN AKIN EMIRASAN, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/26.711/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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