Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210927-33

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

33
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno, Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 28 de junio de 2021, de la delegada de Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de actividades deportivas destinadas a las mujeres o para promover su participación durante el año 2021, aprobando las correspondientes bases.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS: 581656

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid (salvo las Federaciones Deportivas Madrileñas y Españolas, que podrán tener su domicilio social en el ámbito nacional), que a continuación se relacionan:

— Las Federaciones Deportivas Madrileñas adscritas a las Federaciones Deportivas Españolas reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.

— Las Federaciones Deportivas Españolas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.

— Las Entidades Deportivas Madrileñas con personalidad jurídica propia previstas en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como las entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción deportiva sujetas al marco jurídico mencionado y que se encuentren inscritas en el citado Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

— Las Fundaciones legalmente reconocidas, clasificadas e inscritas en el Registro de Fundaciones, que tengan entre sus actividades las relacionadas con el deporte.

— Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por la Federación Deportiva correspondiente o afín a la modalidad deportiva que desarrollen, o bien por el Ayuntamiento de Madrid.

No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Serán obligaciones de las entidades beneficiarias, las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—El objeto de la presente convocatorias es la financiación a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas en el municipio de Madrid que estén destinadas a las mujeres o a aumentar su porcentaje de participación en el sector deportivo.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la convocatoria asciende a 150.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Período subvencionable.—Las entidades beneficiarias podrán obtener subvención para los actos de promoción deportiva y grandes eventos cuya fecha de inicio se encuentre entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Séptimo. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto íntegro de la misma en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Madrid, a 28 de junio de 2021.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, María del Carmen González Fernández.

(03/27.698/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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