Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2021

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210930-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 23 de septiembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden de 30 de diciembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, modificada por la Orden de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de treinta años.

Mediante Orden de 30 de diciembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, modificada por la Orden de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 24 de junio de 2021, se convocaron subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de treinta años.

En el resuelve tercero de la mencionada Orden se estableció el crédito presupuestario autorizado por cuantía estimada de 23.000.000,00 de euros, habilitándose su incremento en hasta 11.500.000,00 euros, en los términos del artículo 59 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

La efectividad de la cuantía adicional quedaba condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el día 22 de julio de 2021, se constata que el crédito presupuestario autorizado inicialmente es insuficiente para atender las necesidades de financiación del programa, por lo que se considera necesaria la aprobación de una ampliación de crédito, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente en el Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, Subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, al haberse generado nuevo crédito procedente de la distribución territorial de créditos de ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y distribuidos para su gestión en 2021 por las comunidades autónomas, mediante Orden TES/527/2021, de 26 de mayo.

La convocatoria de subvenciones para el año 2021 del Programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de treinta años se encuentra pendiente de resolución de concesión, conforme establece el artículo 59 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de ampliación de crédito tramitado al efecto,

RESUELVO

Primero

Ampliación crédito presupuestario

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden de 30 de diciembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, modificada por la Orden de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de treinta años, se amplía en 8.533.000,00 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, de manera que la cuantía final destinada a las subvenciones convocadas para el año 2021 es de 31.533.000,00 euros, imputados al Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, Subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Tercero

Habilitación

Se habilita al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.

Cuarto

Efectos

Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de septiembre de 2021.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/28.270/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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