Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2021

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210930-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Nuevo Baztán. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Ayuntamiento de Nuevo Baztán, en sesión Plenaria ordinaria celebrada el 23 de septiembre de 2021, ha adoptado el acuerdo de aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 17/2021, en su modalidad de suplemento de crédito, a financiar con cargo a bajas de otras aplicaciones; lo que se expone al público durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 169, en relación con el artículo 179, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, durante el citado plazo, los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del citado texto refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El expediente se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección: https://www.ayto-nuevobaztan.es

El expediente de modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobado si durante el período de exposición al público no se hubiese presentado reclamación alguna.

Nuevo Baztán, a 28 de septiembre de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco Huecas.

(03/28.319/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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