Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211007-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Pleno del Ayuntamiento

54
Madrid. Urbanismo. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial control usos

Acuerdo del Pleno, de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de bar-restaurante en la planta baja y entreplanta del edificio sito en el paseo Castellana, número 52, promovido por Enigma Gastronómico, S. L., Distrito de Salamanca, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de admisión a trámite y aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 11 octubre de 2017.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (13/2021) ordinaria, celebrada el día 21 de julio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública por don Ignacio Rodríguez Fernández actuando como presidente de la comunidad de propietarios de la calle del General Oraá, número 3, de Madrid, con número de anotación 2017/1291178, de fecha 26 de diciembre de 2017, de conformidad con el informe de los servicios técnicos del distrito de fecha 10 de mayo de 2021.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para Implantación de la actividad de restaurante en la planta baja y entreplanta del edificio sito en el paseo Castellana, número 52, promovido por Enigma Gastronómico, S. L., Distrito de Salamanca, una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de Admisión a trámite y Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 11 de octubre de 2017.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido, con fecha 26 de agosto de 2021, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, a 17 de septiembre de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/27.792/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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