Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
14-10-2021

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211014-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 4 de octubre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo con cargo al ejercicio 2021.

El Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, señala que las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación.

El artículo 2.1.b) del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación ocupacional, establece la concesión directa de las subvenciones para la integración de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y trabajo autónomo, previstas en el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de su integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

Mediante el Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, se traspasó a la Comunidad de Madrid la gestión de determinados programas de ayudas y subvenciones que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; entre estos programas se encuentra el de integración laboral de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo. La competencia transferida respecto a las ayudas mencionadas es solamente ejecutiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.7 de la Constitución española de 1978, y en el artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, siendo por tanto la competencia legislativa del Estado de carácter exclusivo, asumiendo la Comunidad Autónoma competencias de ejecución de la legislación estatal.

La regulación de estas ayudas se halla contenida en la Orden de 16 de octubre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y trabajo autónomo. Asimismo, mediante Orden 16714/2014, de 11 de septiembre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, se regula el procedimiento de concesión de las subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 225, de 22 de septiembre), modificada por la Orden de 23 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 31 de mayo).

En este contexto, el 24 de mayo de 2021, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el extracto de la Orden de 30 de diciembre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, de tramitación anticipada, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas, para el fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, con cargo al ejercicio 2021, destinadas a subvencionar el 50 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional de las personas contratadas en estos centros, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, el 25 de mayo de 2021, se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” la Orden TES/501/2021, de 20 de mayo, por la que se aprueba de manera extraordinaria para 2021 un aumento del porcentaje de financiación de las subvenciones por mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, del 50 al 55 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, para aquellas personas que presentan un tipo y grado de discapacidad que implique especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo.

Habiéndose constatado que el crédito presupuestario autorizado inicialmente es insuficiente teniendo en cuenta el importe de las solicitudes presentadas, tanto para cubrir el 50 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional de las persona contratadas, como el incremento al 5 por 100 destinado a las personas con especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo, y existiendo disponibilidad presupuestaria en el Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, subconcepto 48099, se ha aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de septiembre de 2021 una ampliación de crédito por importe de 29.000.000 euros.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de la Dirección General del Servicio Público de Empleo las competencias relativas al fomento y promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad.

En virtud de lo expuesto, y en consonancia con las competencias atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Declarar que el importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible destinado a financiar durante el año 2021 las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones del Programa de fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 es de 29.000.000 euros.

La publicación de esta orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 48099, del Programa presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados en 2021, de acuerdo con el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019, hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.

La ampliación de crédito, por importe de 29.000.000 euros, se financia con los fondos estatales para la integración laboral de personas con discapacidad asignados en 2021 a la Comunidad de Madrid, mediante Orden TES/527/2021, de 26 de mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Tercero

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de octubre de 2021.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/29.355/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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