Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211015-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estatutos Junta de Compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2021 y en el expediente administrativo con número de referencia 714/2003/02324, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

«Primero.—Desestimar las alegaciones formuladas contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 18 de febrero de 2021, por el que se aprobó inicialmente la modificación de los Estatutos de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovida de la Junta de Compensación del ámbito, de acuerdo con los fundamentos recogidos en el informe emitido por la Dirección General de Gestión Urbanística el 2 de septiembre de 2021.

Segundo.—Aprobar definitivamente la modificación del apartado primero del artículo 28 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovida de la Junta de Compensación del ámbito, conforme al acuerdo adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de dicha entidad el 18 de noviembre de 2020.

Tercero.—Notificar individualizadamente a todos los propietarios y titulares de derechos afectados y publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo establecido en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto».

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunos deducir.

Madrid, a 27 de septiembre de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/28.381/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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