Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211015-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

84
Madrid número 46. Procedimiento 1070/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (2502) 1070/2017, entre Grenke Rent, S. L. U. y Bonjour Comunicación, S. L., en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 118/2020

El juez/magistrado-juez, D. Javier Sánchez Beltrán.—Madrid, a 16 de septiembre de 2020.

Vistos por el Iltmo. Sr. D. Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal seguidos al número 1070/2017, en virtud de demanda interpuesta por el procurador D. Eduardo José Manzanos Llorente, en representación de Grenke Rent, S. L. U., contra Bonjour Comunicación, S. L., sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador D. Eduardo José Manzanos Llorente, en representación de Grenke Rent, S. L. U., contra Bonjour Comunicación, S. L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 5.326,95 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2540-0000-03-1070-17 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2540-0000-03-1070-17.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L. O. 1/2009 disposición adicional, número 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a Bonjour Comunicación, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de febrero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.872/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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