Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2021

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211018-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE PARLA NÚMERO 1

142
Parla número 1. Procedimiento 358/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento cuenta de abogado número 358/2019-0001, entre don Óscar Antonio Alonso Frías y don Aquilino Labrador Sepúlveda, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

La letrada de la Administración de Justicia, doña María Teresa Vázquez Quero.—En Parla, a 29 de abril de 2021.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por el abogado don Óscar Antonio Alonso Frías se ha efectuado reclamación de honorarios por importe de 250, por los honorarios devengados en el juicio diligencias urgentes juicio rápido número 358/2019.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Dispone el artículo 35.1 que los abogados podrán reclamar frente a la parte a la que defiendan el pago de los honorarios que hubieren devengado en el asunto, presentando minuta detallada y manifestando formalmente que esos honorarios les son debidos y no han sido satisfechos. Por su parte el punto 2 del mismo artículo establece que el secretario judicial requerirá al deudor para que pague dicha suma, con las costas, o impugne la cuenta, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.

Segundo.—En el presente caso, examinada la solicitud, y visto que la misma cumple los requisitos formales, es procedente admitir a trámite la misma y proceder conforme a lo dispuesto en el mencionado artículo 34 de la LEC.

Parte dispositiva:

Se admite a trámite la cuenta de abogado presentada por don Óscar Antonio Alonso Frías.

Requiérase a don Aquilino Labrador Sepúlveda con traslado de la cuenta, para que en el plazo de diez días pague la cantidad de 250 o bien impugne la cuenta.

Se apercibe a don Aquilino Labrador Sepúlveda de que si no procede al pago, o no formula oposición, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la minuta, más las costas.

Así lo manda y firma. Doy fe. —La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de requerimiento a don Aquilino Labrador Sepúlveda, expido y firmo la presente.

En Parla, a 7 de septiembre de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.396/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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