Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211018-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

98
Villanueva de Perales. Organización y funcionamiento. Composición Junta Gobierno Local

Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 4 de octubre de 2021, se ha emitido Decreto de la Alcaldía relativo a la composición de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de Perales, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:

“Por acuerdo de Pleno, de 19 de octubre de 2019, se creó la Junta de Gobierno Local, que estará integrada, además de por el titular de la Alcaldía, por los concejales que libremente designe en número no superior a tres, y que tendrá como atribuciones asistir a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones y ejercer las competencias que le deleguen la Alcaldía o el Pleno.

Conforme a lo dispuesto en los artículo 46.1, 52, 53, 112 y 113 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación vigente resuelvo:

Primero.—Cesar a la concejala de este Ayuntamiento doña Raquel Molina Barroso como de miembro de la Junta de Gobierno Local.

Segundo.—Nombrar al concejal de este Ayuntamiento don Sergio Vilela González como miembro de la Junta de Gobierno Local.

Tercero.—Notificar el contenido del presente decreto a los concejales afectados, así como publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre”.

En Villanueva de Perales, a 4 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, José María Barrado Jiménez.

(03/28.956/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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