Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211020-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Régimen de dedicación

El Ayuntamiento Pleno de San Sebastián de los Reyes, en sesión celebrada el día 16 de septiembre de 2021, acordó fijar las siguientes retribuciones y asistencias de los miembros corporativos:

Primero.—Determinar los cargos que podrán ser desempeñados en régimen de dedicación exclusiva y/o parcial, así como las retribuciones que serán percibidas por tales funciones:

Las retribuciones se percibirán en catorce mensualidades y estarán sujetas a los descuentos que correspondan por impuestos y cuotas salariales a la Seguridad Social.

Resultan evidentes las razones de especial interés para el servicio que motivan en los cargos el reconocimiento de la dedicación y su correspondiente retribución, pues incentivan y remuneran las transcendentes labores llevadas a cabo en ellos; y tienen en cuenta las responsabilidades asumidas en cada caso.

La distribución de su jornada de trabajo será completamente libre para el concejal, sin perjuicio de la asistencia a órganos colegiados.

A efectos del artículo 75.2 de la Ley 7/1985, se establece referencialmente una dedicación mínima necesaria del 50 por 100.

Una vez presentadas las designaciones por cada uno de los grupos políticos, los cargos deberán ser expresamente aceptados por los y las concejales y concejalas y las retribuciones serán efectivas desde el mismo día de dicha aceptación.

Los y las concejales y concejalas que actualmente desempeñan un cargo en régimen de dedicación exclusiva y/o parcial, de acuerdo con las resoluciones anteriormente aprobadas por el Ayuntamiento Pleno (21 de junio de 2019, 18 de julio de 2019 y 19 de diciembre de 2019), formalizarán su aceptación sin que ello suponga variación alguna ni en sus retribuciones ni en el régimen de cotización a la Seguridad Social.

Segundo.—Establecer las indemnizaciones por asistencias a órganos colegiados, que compensarán la realización de cualquier gasto, de la naturaleza que sea, cuya causa obedezca a la asistencia a las sesiones de los órganos colegiados, siempre y cuando el/la concejal/a no desempeñe cargo en régimen de dedicación exclusiva y/o parcial:

Tercero.—De conformidad con la disposición adicional primera de las bases de ejecución del presupuesto, las mejoras económicas que se produzcan por imperativo legal para el personal de este Ayuntamiento, serán igualmente aplicadas a las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación.

San Sebastián de los Reyes, a 7 de octubre de 2021.—El alcalde, Narciso Romero Morro.

(03/29.205/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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