Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2021

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211020-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 11

69
Madrid número 11. Procedimiento 1131/2018

EDICTO

Doña María Luisa Pariente Vellisca, letrada de la Administración Justicia del Juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1131/2018, instados por procurador don José Ignacio de Noriega Arquer, en nombre y representación de Adpan Europa, S. L., contra Galénica Laboratorios, S. L., y doña María Carmen Martínez Ortiz de Zarate, en los que se ha dictado en fecha 29 de septiembre de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

“Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José Ignacio de Noriega Arquer, actuando en nombre y representación de Adpan Europa S.L. condenando a Galénica Laboratorios S.L. y a doña María del Carmen Martínez Ortiz de Zarate a pagar a la actora la cantidad de 19.214,53 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial. Se condena a las parte demandada al pago de las costas devengadas en este proceso. Contra esta sentencia cabe recurso ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados Galénica Laboratorios, S. L., y doña María Carmen Martínez Ortiz de Zarate, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.191/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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