Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
21-10-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211021-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 15 de octubre de 2021 (urgencia), por la que se aprueba el gasto y la convocatoria de ayudas a familias con uno o más hijos/as estudiando un grado o carrera universitaria en la universidad pública española. Curso 2021-2022. Universiayudas.

BDNS IDENTIF.: 590181

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser Beneficiarios de estas ayudas todas las familias residentes en Fuenlabrada, con hijos o hijas matriculados en cualquier curso universitario de grado, dentro de los centros propios de cualquier Universidad Pública del territorio español durante el curso 2021-2022. Requisitos a cumplir durante todo el procedimiento:

1.o Estar empadronados en Fuenlabrada (miembros computables de la unidad familiar) a 30 de septiembre de 2021 y hasta la finalización del proceso.

2.o El alumno deberá estar matriculado en un mínimo de 30 créditos durante el curso escolar 2021-2022 en cualquier universidad pública (no siendo válidos los centros de naturaleza privada adscritos a una universidad pública, ni centros no considerados como universidad pública).

3.o Si se procede a la formalización de la matrícula por un período inferior al curso completo, se realizará la solicitud con los datos formalizados, y completarán la solicitud, sobre el mínimo de los 30 créditos, en el momento de la concesión provisional o cuando les sea requerida.

4.o La renta de la unidad familiar computable, no podrá superar los 41.774,00 euros en el ejercicio 2020.

5.o Los miembros computables de la unidad familiar, deberán estar al corriente de pago con las obligaciones fiscales ante el Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo. Objeto.—Se convocan becas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva como ayuda a las familias de Fuenlabrada con hijos o hijas escolarizados en cualquier Universidad Pública española, para el curso escolar 2021-2022.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 700.000,00 euros, con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se corresponde con el siguiente detalle:

1. Desde el 22 de octubre al 4 de noviembre de 2021, ambos incluidos, se procederá a cumplimentar la solicitud de ayuda en la web municipal www.ayto-fuenlabrada.es

2. Desde el 22 de octubre al 5 de noviembre de 2021 se deberán validar las solicitudes realizadas a través de la página electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Sexto.—El reparto se realizará en función de los puntos asignados conforme a los criterios establecidos en las Bases. El importe estimado para cada solicitante se corresponde con el siguiente detalle:

Séptimo.—El pago se realizará una vez aprobado el listado definitivo de admitidos y excluidos.

Octavo.—No se requiere más justificación que el cumplimiento de los requisitos para su obtención.

Fuenlabrada, a 18 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/29.930/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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