Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
21-10-2021

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211021-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

59
Galapagar. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por Decreto de Alcaldía número 5217/2021, de 28 de septiembre, el alcalde-presidente, don Alberto Gómez Martín, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:

Primero.—Se delega a favor de la concejala doña Raquel Lafuente Galeano la Concejalía con delegación especial para el edificio de Servicios Sociales, dependiente de la Concejalía de Servicios Sociales, teniendo las siguientes atribuciones:

a) Dirección e impulso de los contratos preparatorios para la realización del edificio de Servicios Sociales.

b) Búsqueda de la financiación necesaria para la puesta en marcha del edificio de Servicios Sociales.

c) Dirección y preparación de los expedientes administrativos necesarios para preparar el uso del citado edificio.

d) Representación institucional en aquellos órganos colegiados que decida la Concejalía de Servicios Sociales.

e) Asesoramiento en las Áreas de Servicios Sociales, Mayor y Familia.

Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la delegación incluye la facultad de dirección de los servicios asignados, así como la de realizar propuesta para la resolución por parte de los órganos competentes, pero no la de dictar actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—Esta resolución será efectiva desde el día 1 de octubre de 2021 y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada a la interesada para su aceptación, informándole de que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.

Cuarto.—Esta resolución se dará cuenta en la siguiente Comisión Informativa de Presidencia que se celebre y se comunicará a la Intervención y al Departamento de Recursos Humanos municipal para los debidos efectos.

Quinto.—Se dispone, asimismo, el desempeño de esta Concejalía-Delegada con dedicación especial, dentro de los límites marcados por el acuerdo adoptado por el Pleno en la sesión celebrada el día 29 de julio de 2021, con la asignación anual fijada en el acuerdo de la sesión de Pleno de 29 de julio de 2021.

Sexto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición que deberá presentar dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de las Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

No obstante lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Galapagar, a 30 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín.

(03/29.347/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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