Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
21-10-2021

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211021-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

67
Torrelaguna. Organización y funcionamiento. Ordenanza régimen licencia y declaración responsable

El Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2021, por unanimidad de todos sus miembros, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora del régimen de licencia y declaración responsable para el ejercicio de actos de construcción y edificación, los de implantación, desarrollo o modificación de actividades o cualquier otro uso del suelo en el término municipal de Torrelaguna.

De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete dicha ordenanza a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid, para que pueda ser examinada en las dependencias municipales y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas. Asimismo, la ordenanza estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://torrelaguna.es).

De no presentarse reclamaciones en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno, y el acuerdo de aprobación definitiva tácita de la ordenanza, con el texto íntegro de la misma, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Torrelaguna, a 8 de octubre de 2021.—El alcalde, Eduardo Burgos.

(03/29.320/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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