Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211025-51

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moncloa-Aravaca

51
Madrid. Régimen económico. Distrito de Moncloa-Aravaca. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 8 de octubre de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, por el que se aprueba la convocatoria del XIV Certamen de Villancicos Moncloa-Aravaca 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index):

BDNS: 589809

Primero. Objeto.—Fomentar, dentro del compromiso con el desarrollo de los valores educativos y sociales, el desarrollo de la creatividad, el sentido de equipo y el desarrollo de las habilidades interpretativas y, de manera concreta, las habilidades musicales y el trabajo en grupos corales.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en la presente convocatoria grupos corales de los centros educativos públicos, privados concertados y privados del Distrito de Moncloa-Aravaca, uno por centro, cuyos escolares estén cursando estudios de Educación Primaria, Secundaria y/o Bachillerato en el presente curso 2020-2021.

Tercero. Bases reguladoras.—Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es y, en su defecto, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 1.300 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Primer Premio: 600 euros.

— Segundo Premio: 400 euros.

— Tercer Premio: 300 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de participación podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 15 de noviembre de 2021, incluido.

Sexto. Otros datos.—La solicitud de inscripción debe presentarse electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es, ya que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPA), las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Los grupos corales estarán formados por el número de alumnos que decida cada centro participante y que permita mantener la distancia de seguridad marcada por las autoridades sanitarias en relación con la crisis sanitaria del Coronavirus.

Si la situación de la pandemia originada por el COVID-19 no permite la visita del jurado a los centros escolares, este certamen podrá desarrollarse de manera telemática mediante el envío de un vídeo u otro soporte similar que permita al jurado valorar la actuación del coro.

Cada coral podrá participar con la interpretación de dos villancicos, libremente elegidos.

Entre los días 1 y 10 de diciembre de 2021, siempre que la situación sanitaria lo permita, los miembros del jurado visitarán los colegios participantes para valorar las interpretaciones.

Madrid, a 8 de octubre de 2021.—La concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, Loreto Sordo Ruiz.

(03/29.725/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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