Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
28-10-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211028-55

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por decreto de Alcaldía-Presidencia número 2021/4626, de 14 de octubre de 2021, se ha resuelto revocar las delegaciones conferidas a favor de los concejales/as de la Corporación en el apartado segundo del Decreto de Alcaldía 2019/3224, de 28 de junio, y se ha resuelto nueva delegación de competencias, con el siguiente contenido:

«HE RESUELTO

Primero.—Revocar las delegaciones conferidas a favor de los concejales/as de la Corporación en el apartado segundo del Decreto de Alcaldía 2019/3224, de 28 de junio.

Segundo.—Delegar competencias a favor de los/as concejales/as en los términos que se expresan a continuación:

1. Se confiere la delegación de Recursos Humanos, Juventud e Infancia a D.a Macarena Orosa Hidalgo, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Recursos Humanos:

a. Recursos Humanos.

b. Prevención de Riesgos Laborales.

b) Subáreas de Juventud:

a. Juventud.

b. Unidad Administrativa.

c. Centros de Juventud.

c) Subárea de Infancia.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al Área de Recursos Humanos:

— Dirigir el Programa de Formación del Personal Municipal.

— Aprobar y resolver las convocatorias de selección y provisión de personal.

— Aprobación de nóminas.

— Nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal y resolver los recursos de alzada interpuestos contra los actos administrativos dictados por estos tribunales.

— Nombrar al personal funcionario de carrera y contratar al personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección.

— Nombrar y cesar al personal interino y temporal.

— Resolver las situaciones administrativas de funcionarios y laborales, incluyendo reingresos, excedencias, jubilaciones, tomas de posesión, concesión de permisos, licencias y vacaciones al personal.

— Conceder ayudas relativas al fondo social, dietas y todo tipo de indemnizaciones.

— Incoar expedientes disciplinarios e imponer sanciones, salvo que impliquen separación del servicio.

Respecto al Área de Juventud e Infancia:

— Coordinación e impulso de actividades en materia de Juventud e Infancia.

— Gestión de instalaciones juveniles.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

2. Se confiere la delegación de Política Medioambiental a D. Julio Huete Pérez, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Medio Ambiente:

a. Medio Ambiente y Limpieza Viaria.

b. Unidad administrativa.

c. Residuos Sólidos.

b) Subáreas de Parques y Jardines:

a. Parques y Jardines.

b. Zonas de parques y Jardines.

c. Equipos móviles.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al Área de Medio Ambiente:

— Dirigir y coordinar las políticas municipales de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Limpieza Urbana y Escena Urbana.

— Mantenimiento de fuentes públicas en zonas verdes, rotondas y medianas.

— Conceder licencias y autorizaciones en materia de su delegación.

— Decretar la puesta en marcha y activación del Protocolo de actuación durante episodios de alta contaminación por NO2 en el municipio de Coslada.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

3. Se confiere la delegación de Política Territorial a D. José Ventura Sousa Piña, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Urbanismo:

a. Urbanismo.

b. Servicios Conjuntos.

c. Obras y Planeamiento.

d. Servicios Jurídicos.

b) Subáreas de Vías y Obras:

a. Vías y Obras.

b. Vías Públicas y Edificios.

c. Instalaciones.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al Área de Urbanismo:

— Licencias de primera ocupación, obra menor, de actividad, licencias de funcionamiento, declaración responsable, comunicación previa, cambios de titularidad, licencias de colocación de carteles, de pasos de carruajes, de terrazas veladores y licencias para la ocupación de la vía pública, salvo los mercadillos semanales.

— Dirección de los servicios de inspección municipales en la realización de actividades por terceros.

— Las declaraciones de ruina y órdenes de ejecución.

— Las medidas para la restauración del orden urbanístico alterado, no incluyendo las órdenes de demolición al ser competencia de la Junta de Gobierno.

— El impulso y la supervisión, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de las Áreas de Gobierno, de las acciones previstas y desarrolladas en el Plan General de Ordenación Urbana y sus modificaciones puntuales o cualquier otra determinación urbanística.

— La firma de los correspondientes contratos de arrendamientos de las plazas de aparcamiento sitas en el complejo deportivo “El Plantío”, así como de las plazas de aparcamiento que el Ayuntamiento tiene en propiedad en las instalaciones sitas en la calle Miguel Hernández y las recibidas en los equipamientos de las obras que se están realizando en el marco de la permuta con el Corte Inglés. (Decreto de 19 de febrero de 2013).

Respecto al Área de Vías y Obras:

— Mantenimiento y conservación de la ciudad: vía pública, alcantarillado, saneamiento municipal y mobiliario urbano.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

4. Se confiere la delegación de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, y Transporte a D. Fernando Romero Castro, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subárea de Desarrollo Económico y Empleo.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al Área de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio:

— Planificación y gestión de las políticas municipales en materia de Desarrollo Económico y Comercio.

— Impulso de las actuaciones municipales en materia de Fomento del Empleo.

Respecto al ámbito de Transporte:

— Dirigir, organizar y gestionar cuantas cuestiones surjan en materia de Transporte.

— Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

5. Se confiere la delegación de Vivienda, Igualdad y Diversidad, Hacienda y Contratación a D.a María Teresa González Ausín, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subárea de Mujer, Igualdad y Diversidad.

b) Subáreas de Hacienda:

a. Hacienda.

b. Intervención.

c. Tesorería.

d. Ingresos.

c) Subárea de Contratación.

Y a la que se adscribe la Empresa Municipal de la Vivienda de Coslada, S. A. (EMVICOSA).

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al ámbito de Vivienda:

— Dirigir los servicios de promoción del suelo destinados a vivienda con algún tipo de protección pública.

Respecto al Área de Igualdad y Diversidad:

— Impulso y seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

— Coordinación y ejecución de programas y actuaciones en materia de violencia de género y de diversidad.

Respecto al Área de Hacienda:

— Elaborar, formar y presentar los presupuestos anuales de la Corporación, incluyendo las modificaciones del mismo, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de las Áreas de Gobierno.

— Rendir las cuentas municipales.

— Supervisar la oportunidad de todo tipo de gastos propuestos por los concejales, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de las Áreas de Gobierno.

— Proponer, para su aprobación en el Pleno, las ordenanzas fiscales.

— Compensar deudas y aprobar fallidos.

— Conceder fraccionamientos y aplazamientos de ingresos tributarios.

— Aprobar las devoluciones de ingresos indebidos.

— Aprobar las liquidaciones de ingresos y las anulaciones del ejercicio corriente y cerrados.

— Autorizar la cancelación de fianzas.

— Autorizar y disponer los gastos relativos a la carga financiera de la entidad local.

— Autorizar, disponer y reconocer las obligaciones relativas a órdenes de pagos a justificar.

— Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos, legalmente adquiridos.

— Ordenar los pagos y firmar los correspondientes talones bancarios y órdenes de transferencias.

— Dar el visto bueno a las certificaciones y escritos de contenido económico.

Respecto al Área de Contratación:

— Autorizar y disponer el gasto de todos los contratos menores de 0 a 5.000 €, IVA excluido, suscritos por el Ayuntamiento.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

6. Se confiere la delegación de Educación y Deportes a D. Iván López Marina, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Educación:

a. Educación.

b. Unidad de Centros Escolares.

c. Unidad Administrativa.

b) Subáreas de Deportes:

a. Deportes.

b. Unidad Administrativa.

c. Servicio Médico.

d. Almacén.

e. Mantenimiento e instalaciones.

f. Actividades Deportivas.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto del Área de Educación:

— Autorización de la ocupación de los centros educativos.

— Coordinar las actividades desarrolladas en los centros educativos.

Respecto del Área de Deportes:

— Gestionar las instalaciones deportivas municipales.

— Planificar y gestionar competiciones locales y demás actividades físicas y deportivas.

— Relación con las diferentes entidades deportivas del municipio.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

7. Se confiere la delegación de Cultura y Fiestas a D.a Emilia Escudero Amado, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Cultura:

a. Unidad Administrativa.

b. Bibliotecas.

c. Centros Culturales.

d. Actividades Culturales.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto del Área de Cultura:

— Relaciones con Instituciones de carácter cultural.

— Gestión y programación de los equipamientos culturales.

— Gestión de Bibliotecas municipales.

Respecto al ámbito de Fiestas:

— Dirigir, organizar y gestionar cuantas cuestiones surjan en materia de Fiestas.

— Coordinar y gestionar la celebración de fiestas patronales, carnavales, navidad y demás festejos populares.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

8. Se confiere la delegación de Participación Ciudadana, Cooperación y Atención a La Ciudadanía, Salud, Consumo y Bienestar Animal a D. Agustín González Plasencia, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subárea de Participación Ciudadana:

a. Participación Ciudadana y Cooperación Internacional.

b) Subáreas de Salud y Consumo:

a. Salud y Consumo.

b. Unidad Administrativa.

c. Laboratorio.

d. Inspección, prevención y promoción de la Salud.

e. Cementerio.

f. CAID.

g. Consumo y OMIC.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto del Área de Participación Ciudadana:

— Realizar el seguimiento y mantenimiento del Registro Municipal de Asociaciones.

— El impulso y la supervisión de los expedientes relativos a quejas y sugerencias.

Respecto del Área de Salud y Consumo:

— Conceder las autorizaciones de ocupación de vía pública relativas a los mercadillos.

— Expedir las licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos y seguimiento del registro correspondiente.

— Autorización de la participación de animales en ferias, exposiciones, concursos y otras actividades similares.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

9. Se confiere la delegación de Innovación Pública, Transparencia y Servicios Generales a D.a María Dolores Galache Vallejo, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subárea de Servicios Generales.

b) Subárea de Archivo.

c) Subárea de Informática.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto del Área de Archivo:

— Autorizar el acceso a los archivos municipales.

Respecto del ámbito de Innovación Pública:

— Impulsar políticas de calidad de los servicios, en coordinación con la Alcaldía Presidencia.

— Desarrollo e impulso de la Administración Electrónica.

— Dirección y coordinación de la aplicación de la normativa sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

Respecto del ámbito de Transparencia:

— Desarrollo e implantación de medidas en materia de Transparencia.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

10. Se confiere la delegación de Servicios Sociales y Mayores a D. Santiago de Miguel Esteban, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Servicios Sociales:

a. Servicios Sociales.

b. Unidad Administrativa.

c. Unidad Técnica.

b) Subárea de Mayores.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto del Área de Servicios Sociales:

— Planificación y programación de los Servicios Sociales de ámbito municipal.

— Gestión de los equipamientos para la atención social.

Respecto del Área de Mayores:

— Desarrollo y gestión de políticas municipales para el bienestar de los mayores.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

Tercero.—Todas las competencias se delegan sin perjuicio de la facultad natural de la Alcaldía-Presidencia de dirigir, coordinar e inspeccionar los servicios pudiendo crear para ello los órganos o instrumentos que considere convenientes.

Cuarto.—Las Concejalías Delegadas quedan obligadas a informar a la Alcaldía Presidencia, directamente o a través de la Dirección de Gabinete y Coordinación de Áreas de Gobierno, de la gestión realizada en las respectivas áreas y concejalías delegadas.

Quinto.—Todas las competencias relativas a comunicación por cualquiera de sus medios, prensa y publicaciones queda centralizada en Alcaldía Presidencia, a través de la Dirección de Prensa y Comunicación.

Sexto.—Las atribuciones delegadas las avocará automáticamente la Alcaldía Presidencia en los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de las concejalías delegadas.

Séptimo.—Notificar a los interesados, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta al pleno en la primera sesión que se celebre…».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 15 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/29.831/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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