Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2021

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211102-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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EXTRACTO de 22 de octubre de 2021, de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos de fecha 30 de junio de 2020, por la que se aprueba convocatoria pública para la concesión de ayudas para la realización de Proyectos de I+D para jóvenes doctores de la Universidad Rey Juan Carlos durante los años 2022-2024, dentro del programa de apoyo y estímulo de la Comunidad de Madrid a jóvenes doctores y el convenio plurianual para la Regulación del Marco de Cooperación en el Sistema Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica suscrito entre dicha entidad pública y la Universidad Rey Juan Carlos.

BDNS: 591539

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente al día 17 de octubre de 2019 http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, así como en el tablón electrónico oficial de la Universidad Rey Juan Carlos https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios:

Primero

Beneficiarios

1. A los efectos de la presente resolución se considerarán beneficiarios los proyectos de investigación concedidos cuyos investigadores principales solicitantes hayan obtenido la ayuda de la presente convocatoria.

2. De manera excepcional, en los casos de renuncia de un investigador principal de uno de los proyectos de investigación concedidos, se estudiará la posibilidad de la sustitución por un investigador siempre que el mismo cumpla con los requisitos relacionados en el artículo anterior.

3. El investigador principal del proyecto concedido no podrá disfrutar de dos ayudas simultáneamente financiadas por la misma convocatoria que estén reguladas por la misma Orden de bases.

Segundo

Finalidad

La finalidad de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la realización de proyectos de I + D liderados por jóvenes investigadores de la Universidad Rey Juan Carlos, con una tesis doctoral defendida con posterioridad al 1 de enero de 2009.

Los objetivos de las ayudas son:

a) La coordinación con las estrategias de la Universidad y su impulso.

b) La creación y consolidación de grupos y líneas de investigación.

c) La promoción de jóvenes investigadores.

d) La mejora de la eficiencia de los fondos dirigidos a proyectos.

Tercero

Bases reguladoras

Bases reguladoras del programa de apoyo a la realización de Proyectos de I + D para jóvenes investigadores de la Universidad Rey Juan Carlos convocatoria relativa a los años 2021-2024, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de octubre de 2021 y en el tablón electrónico oficial del día 22 de octubre de la Universidad Rey Juan Carlos (https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios).

Cuarto

Dotación de la convocatoria

El importe total de las ayudas financiadas por la presente convocatoria será de 1.210.140,65 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 30VCININ.541A.641.00 una vez detraídos los costes de evaluación, para financiar aquellas solicitudes presentadas y aceptadas al amparo de la misma de conformidad con el Convenio Plurianual entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos para la Regulación del Marco de Cooperación en el Sistema Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica de 28 de febrero de 2019, en su línea de actuación “Estímulo a la Investigación de Jóvenes Doctores”.

Quinto

Presupuesto y duración de los proyectos

La cuantía total de la ayuda será de hasta un máximo de 30.000 euros por proyecto y año.

Los proyectos de I+D que reciban ayuda al amparo de la presente convocatoria tendrán una duración de dos años. La fecha de inicio de dichos proyectos se establecerá en la resolución final de la presente convocatoria, de conformidad con el artículo 4 de las Bases Reguladoras correspondientes a la presente disposición.

Sexto

Determinación de la cuantía de la subvención

Las ayudas de este programa consistirán en financiación directa sobre los gastos que resulten subvencionables, con un límite máximo total de ayuda de 30.000 euros/año a un proyecto.

Séptimo

Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria comenzará desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será de diez días hábiles.

La presentación de solicitudes y la documentación que debe acompañarlas se realizará por vía telemática, debiéndose presentar a través del registro de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos https://sede.urjc.es/, dirigida al Servicio de Investigación, y en los demás lugares previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015.

Octavo

Resolución

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o ser impugnada directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las presentes Bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, 22 de octubre de 2021.—El Rector, Javier Ramos López.

(03/30.388/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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