Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2021

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211102-67

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas por la adquisición de libros de texto en centros de enseñanza pública del municipio de Hoyo de Manzanares, para el curso 2021-2022.

BDNS 591297

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591297):

Primero. Beneficiarios.—Serán destinatarios de estas ayudas las familias de los alumnos matriculados durante el curso 2021-2022 en el CEIP “Virgen de la Encina”, de Hoyo de Manzanares, Educación Infantil de tres a cinco años, y cursos 1.o a 6.o de Educación Primaria o en el IES “Francisco Ayala”, cursos 1.o a 4.o de Educación Secundaria Obligatoria y que no hayan sido beneficiarios en ninguna de las modalidades de becas de la Comunidad de Madrid, ni de ayudas recibidas a través de la Mancomunidad de Servicios Sociales THAM u otras Administraciones.

Para ser beneficiarios de las ayudas que se regulan en las presentes bases son de obligado cumplimiento los requisitos siguientes, debiendo mantenerse todos ellos hasta la finalización del procedimiento:

a) Estar empadronados en Hoyo de Manzanares: el alumno y la madre y/o el padre o, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

b) Estar matriculado durante el curso 2021-2022 en el CEIP “Virgen de la Encina” o en el IES “Francisco Ayala”.

c) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos en esta convocatoria.

d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Todos los miembros de la unidad familiar estarán al corriente de pago de los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, así como con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. El Ayuntamiento comprobará de oficio el cumplimiento del requisito de no tener deudas en período ejecutivo de pago. De no cumplirlo, previo a la resolución definitiva del expediente, se concederá un plazo de diez días naturales para justificar y presentar documentación que acredite que al día de la comprobación de dicho extremo si se encontraba al corriente de pago.

En el caso de separación legal, será el progenitor que tenga la custodia quien deberá cumplir con el requisito.

f) Se entenderá por unidad familiar el conjunto de las personas relacionadas en el libro de familia. En el caso de separación legal, nulidad o divorcio, estar empadronados la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

g) No podrán ser beneficiarias las personas privadas total o parcialmente de la patria de potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por instituciones públicas.

Segundo. Objeto de la convocatoria.—El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares convoca ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el curso escolar 2021-2022.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo Junta de Gobierno Local de 20 de septiembre de 2021.

Cuarto. Cuantía.—El importe de la presente subvención no podrá superar la cuantía total máxima de 15.000,00 euros.

Quinto. Plazo.—Plazo de presentación de solicitudes y justificación, diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de estas Bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Documentación.—Junto con la solicitud se presentarán los siguientes documentos:

1. DNI, NIE, Tarjeta de Residencia o Pasaporte de los padres o tutores.

1. Libro de familia completo de los miembros de la unidad familiar.

2. En el caso de que los miembros de la unidad familiar que figuran en la solicitud no fueran los mismos que constan en la citada documentación deberá justificarse documentalmente (sentencia de separación, divorcio, etc.).

3. En el caso de familias extranjeras que no dispongan de este documento, se deberá aportar la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento (partidas de nacimiento...).

4. Factura original individualizada por la adquisición de libros de texto, para estudios de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2021-2022 o, en su caso, factura simplificada. No son válidos los tiques, recibos o documentos de similar naturaleza. La factura debe ser individualizada para cada alumno donde se indique el nivel educativo correspondiente y el nombre y apellidos del alumno.

Hoyo de Manzanares, a 20 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, Julián Carrasco Olmo.

(03/30.733/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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