Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211103-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 5

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Parla número 5. Procedimiento 908/2019

EDICTO

Doña Ana Belén Orero Albéniz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 908/2019, instados por el procurador don Félix González Pomares, en nombre y representación de Saint-Gobain Weber Cemarksa, S. A., contra Ladal, S. A., en los que se ha dictado en fecha 3 de junio de 2021 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por Saint-Gobain Weber Cemarksa, S. A., representada por el procurador señor González Pomares, contra Ladal, S. A., en situación de rebeldía debo condenar y condeno al expresado demandado a pagar al actor la cantidad de tres mil cuatrocientos sesenta y tres con veinticuatro euros(3.463,24 euros), más intereses desde la fecha de vencimiento de las facturas adeudadas, así como al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado, en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias civiles de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de la misma, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Ladal, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 11 de junio de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.

(02/29.263/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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