Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
04-11-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211104-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

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Madrid número 83. Procedimiento 851/2014

EDICTO

Doña María Soravilla García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 851/2014, instados por el procurador don Gabriel María de Diego Quevedo, en nombre y representación de Saint-Gobain Weber Cemarksa, S. A., contra Andes Obras, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 3 de febrero de 2015, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio verbal número 851/14 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante Saint-Gobain Weber, representada por el señor procurador don Gabriel M.a de Diego Quevedo y defendida por el letrado don Roger Granados Wehrle y, como demandada, Andes Obras, sin representación ni defensa técnicas.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por la representación de Saint-Gobain Weber contra Andes Obras, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 4.809,53 euros.

b) Condenar a la demandada a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.

c) Imponer a la demandada al pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación, que podrá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Andes Obras, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 22 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.117/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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