Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211105-6

Páginas: 21


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

6
ORDEN 437/2021, de 13 octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, cuyo plazo de ejecución se encuentra prorrogado en virtud del artículo 11 del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de junio), y en el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública, ahora Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de Junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes:

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), y lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2021), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en donde de forma expresa se establece en su base 1.3.b) que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para estos, aquellas convocatorias de personal funcionario de cualquier cuerpo, escala y especialidad de Administración General y Administración Especial y de personal laboral de cualquier categoría y especialidad en las que se oferte un número de plazas inferior a cinco (5).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

Se convocan pruebas selectivas para la cobertura, de cuatro (4) plazas en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

De las plazas indicadas, una plaza se encuentra vinculada a la tasa de estabilización de empleo temporal de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre y las plazas restantes se encuentran vinculadas, una de ellas a la tasa de reposición ordinaria y las dos restantes a la tasa de estabilización de empleo temporal de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, en donde se indica que las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal se realizarán de forma diferenciada de las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a las plazas correspondientes a la tasa de reposición ordinaria incluidas en el presente Decreto de oferta de empleo público, salvo que, excepcionalmente, el reducido número de plazas haga aconsejable su acumulación en una convocatoria única, previa negociación en el seno de la comisión correspondiente.

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Tener nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre).

— Estar en posesión del título de Licenciatura en Medicina o Grado en Medicina.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2.2. Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas - Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada ésta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la Base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la Base 3.2 de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la Tasa, «Acceso a “Médicos inspección sanitaria”».

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por Dº examen titulación Subgrupo A1, Grupo Profesional I-Función Pública: “Dchos. Examen proc. Selec. de los que se deriva la formación de lista de espera o bolsa de trabajo”, y que asciende a 52,91 euros.

Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por los aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los Acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de Selección

7.1. El sistema selectivo será el de oposición.

7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

7.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

7.3.1. Primer ejercicio.—Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, de ciento veinte preguntas, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las veinte primeras preguntas versarán sobre el temario general del programa.

— Las cien preguntas restantes versarán sobre el temario específico.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento veinticinco minutos.

7.3.2. Segundo ejercicio.—Las personas aspirantes deberán desarrollar por escrito tres temas de entre cuatro extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Los temas serán leídos por las personas participantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de la expresión escrita y la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3.3. Tercer ejercicio.—Las personas aspirantes realizarán por escrito dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que versarán sobre el temario específico del programa de la oposición. Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, se podrá acudir con la documentación y el material que, en su caso, el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.

Los supuestos serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos

7.3.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

7.4. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Octava

Calificación del proceso selectivo

8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.1.1. Primer ejercicio.—Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

8.1.2. Segundo ejercicio.—Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos en cada tema.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre 0 y 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

8.1.3. Tercer ejercicio:.—Se calificará de 0 a 10 puntos cada supuesto práctico, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo total de 10 puntos entre los dos y no haber obtenido menos de 5 en cada supuesto. Una vez calificados los dos supuestos prácticos, se efectuará la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas en cada uno de los mismos, para así obtener la calificación total de este ejercicio, que deberá estar comprendida entre 0 y 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

8.2. La calificación final de las personas aspirantes en la oposición vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.

8.3. Finalizada la oposición, el Tribunal hará públicas, en los términos dispuestos en la base 7.5, las relaciones de aspirantes que la han superado, debidamente ordenadas, de forma decreciente, conforme a la calificación total obtenida en la misma, encontrándose disponible, igualmente, dicha información, en la página web de la Comunidad de Madrid.

En dichas relaciones, el Tribunal indicará los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

Novena

Calificación final del proceso selectivo

A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

En caso de igualdad en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Mayor puntuación en la calificación final obtenida en la oposición. Si hubiera igualdad en esta calificación, se atenderá a la mayor calificación del tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

10.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

10.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

10.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Undécima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la Base Decimosexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Duodécima

Lista de espera para personal funcionario interino

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con un máximo de 100 candidatos, con los aspirantes del turno libre, que hayan obtenido como mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio de la oposición, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra contemplada en la base 7.4 de esta convocatoria.

Decimotercera

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 13 de octubre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda (por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública mediante Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR DE INSPECCIÓN SANITARIA, ESCALA DE MÉDICOS DE INSPECCIÓN SANITARIA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales.

2. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno del Estado. Órganos de control de la Administración. El Tribunal Constitucional.

3. La Administración Pública: Concepto, principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.

4. La Unión Europea: Antecedentes, naturaleza jurídica, objetivos. Las instituciones de la Unión Europea.

5. El Derecho Comunitario Europeo. Sus fuentes y su aplicación. La relación entre el ordenamiento comunitario y el de los Estados miembros. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

6. La integración sanitaria en Europa. Las actuaciones de la Unión Europea en materia sanitaria. Adaptación a los reglamentos comunitarios en materia sanitaria. Coordinación y armonización en materia de Seguridad Social.

7. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid. El Gobierno de la Comunidad Autónoma. Las Consejerías, organización y estructura. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades.

8. Las competencias sanitarias del Estado. Sanidad Exterior. Las relaciones sanitarias internacionales. La Organización Mundial de la Salud. El Reglamento Sanitario Internacional.

9. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. La organización administrativa. Órganos unipersonales y colegiados. La competencia y la jerarquía. Centralización, descentralización y desconcentración.

10. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

11. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

12. La Función Pública en la Constitución de 1978. El régimen jurídico de la Función Pública estatal: Normativa básica. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

13. La responsabilidad patrimonial de la Administración. El régimen jurídico en el sistema español. Responsabilidad de autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

14. La Hacienda Pública en la Constitución española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: Contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

15. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El recurso contencioso-administrativo.

16. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

1. Concepto de salud y enfermedad. Determinantes de la salud. Modelos conceptuales. Indicadores e índices de salud. Demografía sanitaria. Fuentes de datos. Demografía estática: estructura de las poblaciones. Demografía dinámica: principales índices y tasas. El tiempo en demografía.

2. La estadística sanitaria: conceptos fundamentales. Concepto de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. Estadística descriptiva. Estadística analítica. Contraste de hipótesis.

3. Epidemiologia. Concepto y usos. Fuentes de datos en epidemiología. Epidemiología descriptiva: Características generales. Tipos de estudios. Estudios transversales y ecológicos. Epidemiología analítica.

4. Vigilancia epidemiológica: Concepto, usos y objetivos. Métodos de vigilancia epidemiológica. Epidemiología general de las enfermedades infecciosas y crónicas.

5. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los Servicios de Prevención. La participación del trabajador. El Reglamento de los servicios de prevención. Salud laboral. Multidisciplinariedad. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. Los reconocimientos de admisión y periódicos. Historia clínico-laboral. Profesiograma.

6. La Bioética. Principios básicos. Conceptos: confidencialidad, secreto profesional, consentimiento informado, toma de decisiones del paciente, deber de no abandono. Situaciones terminales. La objeción de conciencia en el ámbito médico sanitario: marco legislativo. Reproducción humana asistida.

7. El Ministerio de Sanidad. Estructura orgánica y competencias. Organismos autónomos. Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

8. La Ley General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. El Sistema Nacional de Salud. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

9. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Disposiciones Generales.

10. Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud, evolución y disposiciones reguladoras. Sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Reintegro de gastos.

11. Prestación Ortoprotésica. Prestación con Productos dietéticos. Prestaciones con Técnicas de terapia respiratoria a domicilio.

12. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Normativa de desarrollo. La formación pregraduada y postgraduada. La formación continuada y el desarrollo profesional. Acreditación docente.

13. Documentación clínica. Sistemas de información utilizados en Atención Hospitalaria y Atención Primaria. Historia clínica digital. Conjunto Mínimo Básico de datos. La clasificación y codificación de las enfermedades.

14. Los derechos del ciudadano en el ámbito de la salud. Declaraciones internacionales. Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Instrucciones Previas y Registro de Instrucciones Previas en la Comunidad de Madrid. Ley orgánica 3/2021 de 24 de marzo de regulación de la eutanasia.

15. La asistencia sanitaria a ciudadanos extranjeros: La asistencia sanitaria a ciudadanos de la Unión Europea desplazados temporalmente a España, a ciudadanos pertenecientes a otros países no europeos y a ciudadanos extranjeros sin recursos. La directriz europea referente a la asistencia sanitaria transfronteriza.

16. La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Estructura y competencias. La Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido.

17. El Servicio Madrileño de Salud. Estructura y competencias. Régimen jurídico y funcionamiento. Ley de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud. Disposiciones Generales.

18. Atención Primaria de salud en la Comunidad de Madrid. Organización y funciones. Estructuras organizativas del área única. Contrato programa del Centro de Atención Primaria.

19. Atención Hospitalaria en la Comunidad de Madrid. Organización y funciones. La Red de hospitales en la Comunidad de Madrid. Diferentes modelos de gestión. La coordinación entre niveles Asistenciales. La continuidad de asistencia y de cuidados.

20. Gestión hospitalaria. La gestión clínica. Registros Hospitalarios. Indicadores de actividad y rendimientos. Los costes por proceso.

21. La seguridad en los centros sanitarios dentro de la Comunidad de Madrid. La protección en instalaciones eléctricas contra incendios y frente a radiaciones ionizantes. Gestión de residuos radiactivos, químicos y biológicos.

22. Régimen disciplinario del personal de las instituciones sanitarias del SERMAS. Personal estatutario, funcionario y laboral. Normativa de aplicación. Procedimiento sancionador aplicable.

23. La responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria. El aseguramiento de la responsabilidad sanitaria. Informes técnicos: contenido y metodología. Responsabilidad Civil y Penal de los sanitarios.

24. La Inspección Sanitaria en la Comunidad de Madrid. Estructura organizativa y funciones. Antecedentes históricos. Plan integral de la Inspección Sanitaria en la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido. Normas de aplicación.

25. La prestación farmacéutica en la cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud. Regulación y características. Real Decreto-Ley de Racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema Nacional de Salud. Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

26. Receta médica. Formato electrónico y papel. Normativa de aplicación. Real Decreto por la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales. Aplicación en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud. Real Decreto por el que se regula el procedimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos.

27. Competencias en la Comunidad de Madrid en materia de prestación farmacéutica. Evaluación, inspección y control de la prestación farmacéutica en todos sus ámbitos.

28. Bases generales sobre la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Normativa legal estatal y autonómica. La clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Las actas de Inspección e informes técnicos. Fundamento legal. Indicaciones. Efectos.

29. Requisitos técnicos generales y específicos de los centros y servicios sanitarios con internamiento en la Comunidad de Madrid. Clasificación y denominación. Requisitos técnico sanitarios del bloque quirúrgico de los centros sanitarios con internamiento en la Comunidad de Madrid

30. Definición de transporte sanitario y normativa de aplicación. La Autorización administrativa de los vehículos de transporte sanitario. La certificación técnico-sanitaria de los vehículos de transporte sanitario: Concepto. Requisitos. Solicitud. Otorgamiento. Vigencia. Registro y Pérdida. Inspección de los vehículos de transporte sanitario: Acta e informe técnico.

31. Las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos: Tipos. Condiciones. Mobiliario y material clínico. Personal dependiendo del tipo de espectáculo. Normativa de aplicación. Inspección sanitaria: Acta de inspección e informes técnicos de la actuación inspectora realizada a este tipo de instalaciones y servicios.

32. Requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión. Normas y especificaciones relativas al sistema de calidad de estos centros y servicios.

33. Autorización y acreditación de las actividades relativas a la utilización de tejidos humanos en la Comunidad de Madrid. Normativa aplicable. Requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios que desarrollan estas actividades.

34. El sistema español de trasplantes y su implantación en la Comunidad de Madrid. Normativa de aplicación. Autorización y acreditación de los servicios de extracción y trasplante de órganos en la Comunidad de Madrid. Normativa aplicable. Requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios que desarrollan estas actividades.

35. La Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida y su normativa de aplicación y desarrollo. La reproducción humana asistida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Autorización y homologación de los centros y servicios relacionados con la reproducción humana asistida en la Comunidad de Madrid. Normativa aplicable. Requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios que desarrollan estas actividades.

36. La Auditoría. Principios básicos, tipos y metodología. Plan de auditorías sanitarias en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Auditoría en los hospitales de modelo de concesión.

37. Calidad. Conceptos generales. Gestión de calidad en el Servicio Madrileño de Salud: Modelos, estrategia y certificación. La auditoría de Calidad. Encuestas de satisfacción de los usuarios. Comités de calidad percibida.

38. La evaluación de centros y servicios sanitarios. Conceptos básicos y aplicaciones. Acuerdos marcos/contratos de gestión en el Servicio Madrileño de Salud para la prestación de la asistencia sanitaria: evaluación y control.

39. La Seguridad del paciente. Concepto y evolución. Estrategia de seguridad del paciente del Servicio Madrileño de Salud. Identificación y análisis de efectos adversos. Gestión y control de incidentes de seguridad. La seguridad en el paciente quirúrgico. Unidades de Gestión de Riesgos. Observatorio Regional de Seguridad del Paciente de la Comunidad de Madrid.

40. La seguridad del paciente en los centros y servicios sanitarios de la Comunidad de Madrid, RD 4/2021 de 20 de enero. Elementos organizativos para la seguridad del paciente. Actuaciones inspectoras y régimen sancionador.

41. El Instituto Nacional de la Seguridad Social. Estructura y funciones. Competencias en materia de incapacidad. Las Unidades médicas y la coordinación con la Inspección. La Tesorería General de la Seguridad Social. Naturaleza, organización y funciones.

42. La Seguridad Social en España: Evolución histórica. El modelo de Seguridad Social en la Constitución Española. El texto refundido de la Ley General de Seguridad Social: estructura, contenido y vigencia. La Seguridad Social de los Funcionarios civiles del Estado, de la Administración de Justicia y de las Fuerzas Armadas. Particularidades.

43. Campo de aplicación y composición del sistema de Seguridad Social. Régimen General y Regímenes Especiales. Normas de afiliación, altas y bajas. Situaciones asimiladas al alta. Acción protectora. Requisitos generales para el derecho a las prestaciones. Régimen económico financiero de la Seguridad Social. Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos generales del sistema. Normas de cotización y recaudación.

44. La colaboración en la gestión: Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: constitución, competencias y ámbito de actuación. La colaboración de las empresas: modalidades.

45. La protección por desempleo. Tipos de prestaciones. Requisitos y contenidos de los mismos.

46. Las contingencias profesionales: concepto de accidente de trabajo. Declaración, prestaciones, peculiaridades. Las secuelas de los accidentes de trabajo. Tipos y prestaciones. Lesiones permanentes no invalidantes. La enfermedad profesional. Concepto, declaración, requisitos. La lista de enfermedades profesionales vigente. Criterios para su notificación y registro. El CEPROSS como método de transmisión electrónica. Inspección de trabajo de la Seguridad social. Competencias en esta materia.

47. La Incapacidad Temporal. Concepto, requisitos. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del derecho. Prestaciones. Peculiaridades de las distintas contingencias. Procedimientos para la determinación de contingencia protegida.

48. Gestión y control de la incapacidad temporal. Actuaciones de las Entidades implicadas en el seguimiento y control de la prestación. Los estándares de duración. Especial referencia a los tiempos óptimos en incapacidad temporal del Instituto Nacional de Seguridad Social. Papel de la Inspección Médica.

49. La Incapacidad Permanente: conceptos, clases y grados. Prestaciones económicas y recuperadoras. Beneficiarios, nacimiento, duración y extinción del derecho. Procedimiento para el reconocimiento de las prestaciones por Incapacidad Permanente. Los equipos de valoración de incapacidades: creación, composición y funciones. Revisión de la Incapacidad Permanente.

50. El concepto de discapacidad. Clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud de la Organización Mundial de la salud. La valoración de la discapacidad en España: el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Actuación de los equipos multidisciplinares de valoración y orientación.

51. La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Las modificaciones producidas por la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Excedencia por cuidado de familiares. Protección de la maternidad y paternidad. Situaciones protegidas. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia. Permiso por maternidad y paternidad. Subsidio de menores afectados por cáncer y otra enfermedad grave.

52. Valoración médica del daño corporal: concepto de daño. Nexo de causalidad. Estado anterior. Valoración de la influencia de los factores económicos y sociales. Tablas y baremos de valoración. El método empírico. Informe de los daños corporales en los ámbitos penal, civil y laboral. Otros documentos médico-legales generados por daños a las personas.

53. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y las lesiones de la columna cervical y dorsal. Principales síndromes. Estudio especial de la patología del disco intervertebral y del esguince cervical. Las escoliosis. Las espondilolisis y espondilolistesis. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional

54. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades de la columna lumbar y sacra. La lumbalgia. La patología del disco intervertebral. Las secuelas neurológicas por compromiso radicular y del canal medular. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

55. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del hombro y la cintura escapular. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del codo y el antebrazo. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

56. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la muñeca y la mano. La mano traumática, reumática, aponeurótica, vascular y neurológica. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

57. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la cadera y muslo. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Estudio especial de las prótesis de cadera. La valoración de la incapacidad temporal y permanente las enfermedades y lesiones de la rodilla y la pierna. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Estudio especial de las prótesis de rodilla.

58. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del tobillo y el pie. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

59. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades reumáticas inflamatorias. Estudio especial de las periartritis crónicas, con y sin afectación sistémica de la artritis reumatoide y la espondilitis anquilopoyética. Artropatía lúpica y psoriásica. Artropatías por microcristales. La fibromialgia. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

60. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades reumatológicas degenerativas. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

61. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades degenerativas del sistema nervioso central. Demencias. Estudio especial de la Enfermedad de Alzheimer. Enfermedades de las neuronas motoras. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

62. La valoración de la incapacidad temporal y permanente de la epilepsia y la patología extrapiramidal. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

63. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades vasculares cerebrales. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

64. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades desmielinizantes. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

65. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades que cursan con movimientos involuntarios anormales. Estudio especial de la enfermedad de Parkinson. Criterios diagnósticos y valoración funcional.

66. La valoración de la incapacidad temporal y permanente de los traumatismos craneoencefálicos. Métodos y criterios diagnósticos y valoración funcional.

67. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la médula espinal y el sistema nervioso periférico. Estudio especial de la miastenia gravis. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

68. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos de ansiedad, obsesivo-compulsivos, de adaptación, disociativos y somatomorfos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

69. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos psicóticos: Esquizofrenia, trastornos esquizotípicos y trastornos de ideas delirantes. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

70. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos del humor: trastorno depresivo y bipolar. Estudio especial de los trastornos de la personalidad y de la conducta alimentaria. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

71. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del oído. Estudio especial de las hipoacusias y de los trastornos del equilibrio. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

72. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades de la laringe y fosas nasales. El paciente laringuectomizado y los trastornos del lenguaje como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

73. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del aparato visual. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

74. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la piel. Estudio especial de la Psoriasis. Estudio especial de las cicatrices patológicas. Estudio de las dermopatías profesionales. Dermatitis alérgica. Eczema de contacto. Urticaria. Angioedema. El cáncer cutáneo de origen profesional.

75. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades no profesionales del sistema respiratorio. Estudio especial de enfermedad pulmonar obstructiva crónica, el enfisema y el asma. Estudio especial del síndrome de la apnea-hipopnea del sueño (SAHS) y las neoplasias de pulmón. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

76. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades profesionales del sistema respiratorio. Las neumoconiosis. Estudio especial de la silicosis y la asbestosis. Asma profesional. Otras Neumopatias no neumoconióticas como origen de fibrosis pulmonar o Irritantes de las vías aéreas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

77. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas en especial la cardiopatía isquémica, las miocardiopatías, arritmias, valvulopatías y prótesis valvulares. Hipertensión arterial. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

78. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones vasculares. Estudio especial de la patología arterial y venosa periférica. Estudio de las enfermedades del sistema linfático. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

79. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades endocrinológicas. Estudio especial de las alteraciones del tiroides, paratiroides, hipófisis y suprarrenales como causa de incapacidad. Estudio especial de la diabetes como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

80. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades hematológicas. Estudio especial de las leucemias y los linfomas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

81. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del aparato digestivo. Estudio especial de la enfermedad inflamatoria intestinal. El paciente colostomizado como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

82. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del hígado y las vías billares. Estudio especial de la hepatitis y la cirrosis. Las pancreatitis. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

83. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del sistema génito-urinario con estudio especial de la incontinencia urinaria y de la patología oncológica de vejiga y próstata. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

84. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del riñón. Estudio especial de la Insuficiencia renal y la hemodiálisis como causa de Incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

85. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades oncológicas. La historia clínico-laboral oncológica. Criterios pronósticos y de valoración funcional. Estudio especial del cáncer de mama y el cáncer de colon y recto.

86. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los enfermos trasplantados. Trasplante renal, hepático, cardíaco, de médula ósea y pulmonar. Criterios de valoración funcional.

87. Las enfermedades profesionales. Normativa general de la relación trabajo-enfermedad. Las enfermedades profesionales provocadas por agentes cancerígenos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

88. Las peculiaridades de las intoxicaciones profesionales como causa de incapacidad. Principales intoxicaciones. Vías de entrada. Los criterios de dosis máxima de exposición y de dosis biológica de exposición.

89. Las enfermedades profesionales provocadas por agentes biológicos: agentes, patologías e industria que lo emplean.

90. Las enfermedades profesionales producidas por agentes físicos como causa de incapacidad. Valoración del ruido, vibraciones, radiaciones ionizantes y traumatismos repetidos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

91. Simulación y disimulación de enfermedades y lesiones. Concepto. Temas médico-legales de simulación y disimulación de las enfermedades y de las lesiones. Diagnóstico médico-legal de la simulación y disimulación.













(01/30.781/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211105-6