Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2021

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211108-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

18
ORDEN 1748/2021, de 26 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1168/2021, de 8 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de julio de 2021), de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, para la provisión, por el sistema de Libre Designación, de dos puestos de carrera de naturaleza laboral.

Mediante Orden 1168/2021, de 8 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de julio de 2021), de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, se aprobó convocatoria pública para la provisión, por el sistema de Libre Designación, de dos puestos de carrera de naturaleza laboral: el NPT: 31371, denominado “Coordinador”, y el NPT: 18769, denominado “Responsable”.

De acuerdo con la base quinta de la citada Orden, y verificado que los candidatos propuestos cumplen los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria,

RESUELVO

Primero

Adjudicar el puesto NPT: 31371, denominado “Coordinador”, a doña María Cristina del Val Esteban, DNI: ***0768**; y el puesto NPT: 18769, denominado “Responsable”, a don Marcelino Ochoa Blas, DNI: ***5378**.

Segundo

La presente Resolución tendrá efectos desde el día siguiente de su publicación, debiéndose producir la incorporación dentro de los tres días hábiles siguientes a la misma en su centro directivo de destino y, en su caso, el cese de los trabajadores adscritos con carácter provisional a los mismos. Igualmente deberá formalizarse en el contrato de trabajo de los seleccionados la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el Convenio Colectivo.

Tercero

Contra la presente Orden cabe la interposición de demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 26 de octubre de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.

(03/30.617/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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