Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211108-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución de fecha 28 de octubre de 2021, por la que se convocan ayudas de comedor escolar para el curso 2021-2022, destinadas a los alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Pozuelo de Alarcón.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS (Identif.): 592469

Primero. Beneficiarios.—Los solicitantes deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

Estar empadronados y residiendo en Pozuelo de Alarcón el alumno y, al menos, uno de los progenitores o, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

En caso de extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón deberán tener residencia legal en España.

El alumno deberá estar escolarizado durante el curso 2021-2022 en un centro sostenido con fondos públicos del municipio de Pozuelo de Alarcón, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

Compromiso de que el alumno asistirá regularmente al servicio de comedor durante el curso 2021-2022 hasta el 31 de enero de 2022, entendiendo por tal la asistencia de un mínimo de 50 por 100 de días lectivos presenciales, salvo causa debidamente justificada.

La renta per cápita de la unidad familiar no podrá superar el umbral de 9.500 euros en el año 2019.

Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las siguientes obligaciones:

— Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

— Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

— Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Presentar la solicitud y documentación requerida dentro de los plazos que establece la presente convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es conceder ayudas de comedor para el curso 2021-2022 a los alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Pozuelo de Alarcón, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el curso escolar 2021-2022 asciende a 261.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 61.3261.48002 (“Servicios complementarios de educación. Ayudas para manutención”) del presupuesto de gastos de 2022, del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Los importes individuales de la ayuda son los siguientes:

— Modalidad A (perceptores de la renta mínima de inserción): 1,00 euro/diario, hasta un máximo de 181,00 euros/curso escolar.

— Modalidad B (renta inferior a 4.260 euros): 1,78 euros/diario, hasta un máximo de 322,18 euros/curso escolar.

— Modalidad C (renta igual a 4.260 y hasta 9.500 euros): 3,18 euros/diario, hasta un máximo de 575,58 euros/curso escolar.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de un extracto de la convocatoria.

Sexto. Otros datos.—Estas ayudas son compatibles con otras que se concedan con la misma finalidad por otras administraciones públicas o entidades privadas y por los Servicios Sociales de este Ayuntamiento, siempre que el cómputo de todas las ayudas concurrentes no supere el 100 por 100 del precio del menú escolar.

Pozuelo de Alarcón, a 29 de octubre de 2021.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y Pozuelo 2030, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(03/30.868/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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