Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
10-11-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211110-15

Páginas: 19


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

15
ORDEN 478/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, y de conformidad, igualmente, con lo previsto en el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317, de 30 de diciembre), en relación con el artículo 11 del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, de la Jefatura del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de junio) por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, que contempla la ampliación de las habilitaciones para la ejecución de la Oferta de Empleo Público y de los procesos de estabilización de empleo temporal; y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre) por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, ahora Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes:

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), y lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2021), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en donde de forma expresa se establece en su base 1.3.b) que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para estos, aquellas convocatorias de personal funcionario de cualquier cuerpo, escala y especialidad de Administración General y Administración Especial y de personal laboral de cualquier categoría y especialidad en las que se oferte un número de plazas inferior a cinco (5).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de seis (6) plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

1.2. De las plazas indicadas, tres (3) se encuentran vinculadas a la tasa de estabilización de empleo temporal de personal funcionario, una (1) de ellas correspondiente a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por Decreto 144/2017 de 12 de diciembre, y otras dos (2) de la Oferta de Empleo Público para el año 2018, aprobada por Decreto 170/2018, de 20 de diciembre; a este mismo Decreto corresponde una (1) plaza vinculada a la tasa de estabilización de personal laboral funcionariable, de acuerdo con su artículo 10.1; las dos (2) plazas restantes corresponden a la tasa ordinaria de reposición de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre.

1.3. Las plazas incluidas en el presente proceso selectivo, correspondientes a la tasa de estabilización de personal laboral funcionariable, se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9 e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez aprobados los correspondientes catálogos definitivos de puestos susceptibles de funcionarización, mediante Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio).

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2.2. Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.

Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada ésta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2. de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del/de la aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso a Cuerpo Téc. Sup. Esp. Ciencias Experimentales”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen titulación subgrupo A1, grupo profesional I-funcion publica: “Dchos. Exámen proc. Selec. de los que se deriva la formación de lista de espera o bolsa de trabajo”, y que asciende a 52,91 euros.

Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por las personas aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de selección

7.1. El sistema de selección será el de oposición.

7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

7.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

7.3.1. Primer ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por cien preguntas, sobre el programa de la oposición, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las primeras siete preguntas versarán sobre los temas 1 a 6 del temario general del programa.

— Las siguientes cinco preguntas versarán sobre los temas 7 a 10 del temario general del programa.

— Las diez siguientes preguntas versarán sobre los temas del temario específico que seguidamente se indican: temas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 29, 81, 82 y 83.

— Las ocho siguientes preguntas versarán sobre los temas 11 a 16 del temario general del programa.

— Las setenta preguntas restantes versarán sobre los temas del temario específico no señalados anteriormente.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El cuestionario incluirá cinco preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas únicamente en el caso de que se anule alguna de las preguntas del cuestionario.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.

7.3.2. Segundo ejercicio.

Las personas aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas y treinta minutos, habrán de desarrollar por escrito tres temas extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.

Los temas realizados serán leídos por las personas participantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3.3. Tercer ejercicio.

Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, y relacionados con el temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, las personas aspirantes podrán acudir provistas de la documentación y/o del material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, en la convocatoria del mismo.

Los supuestos prácticos desarrollados serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas en la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

Una vez iniciada la lectura de los temas o de los supuestos prácticos, el Tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

7.4. El orden de actuación de las personas participantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración de los sucesivos ejercicios, así como la de los listados de personas que aprueben los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas participantes, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Octava

Calificación del proceso selectivo

8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

8.2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.2.1. Primer ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.2. Segundo ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de los temas.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.3. Tercer ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superar el ejercicio no haber obtenido menos de cuatro puntos en cada uno de los supuestos prácticos.

La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.3. Calificación final:

A efectos de la calificación final del proceso selectivo, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, ordenándose a las personas aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Novena

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

9.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación del aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

9.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de los/as aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

9.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Décima

Nombramiento de personal funcionario de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de dicha Orden.

Undécima

Lista de espera para personal funcionario interino

11.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellos/as aspirantes que habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

11.2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor. En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio de la oposición, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria.

Duodécima

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 15 de octubre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda (por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD DE CIENCIAS EXPERIMENTALES, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas: Su garantía y suspensión.

2. Organización territorial del Estado. Regulación constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Composición, designación y remoción. Funciones y potestades.

5. La Administración autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional.

6. La organización de los servicios de información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid. Sistema de sugerencias, quejas y reclamaciones. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: derecho de acceso a la información pública. Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

7. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. Órganos auxiliares.

8. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

9. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

10. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: Contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

11. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento.

12. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

13. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

14. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

15. El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.

16. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

1. Rasgos geológicos del territorio de la Comunidad de Madrid. Características de las principales unidades litológicas.

2. El relieve, geomorfología y unidades fisiográficas de la Comunidad de Madrid. Riesgos geológicos en el territorio madrileño.

3. El clima de la Comunidad de Madrid.

4. Los recursos minerales y las rocas industriales de la Comunidad de Madrid. Tipología y distribución. Problemática ambiental asociada a su explotación.

5. Características y propiedades de los suelos de la Comunidad de Madrid. Su influencia en la distribución de los usos. Productividad potencial edáfica.

6. El suelo como recurso natural. Causas de degradación del suelo. Medidas de control.

7. Prevención y Control Integrado de la Contaminación.

8. Mejores técnicas disponibles para instalaciones en el ámbito de aplicación de la Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación. Definición, objetivos y ejemplos.

9. Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. Normativa aplicable.

10. Localización, distribución y estructura de las principales actividades económicas en la Comunidad de Madrid; explotaciones agrarias, industria y servicios. Su incidencia en el medio ambiente.

11. Gestión ambiental de la empresa. Legislación y normas aplicables. Sistemas de gestión medioambiental. Etiqueta ecológica.

12. Sostenibilidad y desarrollo sostenible. Conceptos, origen, objetivos, acuerdos y compromisos internacionales y europeos.

13. La Evaluación de Impacto Ambiental. Fundamentos. Conceptos. Antecedentes. Normativa de aplicación. Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental.

14. Metodología para la elaboración de estudios de Impacto Ambiental. Objetivos. Instrumento de valoración.

15. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias en la evaluación de impacto ambiental. Ejemplos. Programas de vigilancia ambiental.

16. Evaluación de impacto ambiental estratégica aplicada a políticas, planes y programas, y normativa que la regula.

17. Legislación europea y estatal sobre Evaluación Ambiental Estratégica.

18. La protección de los Espacios Naturales. Marco legislativo. Figuras de protección. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión.

19. Red ecológica europea Natura 2000. Directivas europeas de Aves y de Hábitats. Objetivos. Su transposición al ordenamiento jurídico español. Aplicación en la Comunidad de Madrid.

20. Los Espacios Naturales de la Comunidad de Madrid. Parques Regionales y otras figuras de protección. Distribución y características.

21. El Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

22. Montes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid. Concepto, características y aprovechamiento. Ley Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.

23. Política Forestal de la Comunidad de Madrid. El Plan Forestal de la Comunidad de Madrid y desarrollo a través de programas y planes específicos.

24. Embalses y zonas húmedas en el territorio de la Comunidad de Madrid. Planes de ordenación y actuación.

25. Protección de la flora y fauna silvestre de la Comunidad de Madrid. Categorías de especies amenazadas. Biodiversidad.

26. Los ecosistemas de la Comunidad de Madrid. Características generales y distribución.

27. Caza y pesca en la Comunidad de Madrid. Legislación aplicable en la Comunidad de Madrid.

28. Vías pecuarias en la Comunidad de Madrid.

29. El paisaje. Conceptos básicos para su descripción y caracterización. Valoración.

30. Corredores ecológicos. Concepto. Normativa y documentos de referencia relacionados con la fragmentación y la conectividad del territorio. Aplicación en la Comunidad de Madrid.

31. Estructura y composición de la atmósfera. Dinámica atmosférica en la Comunidad de Madrid.

32. Emisiones a la atmósfera. Calidad del aire. Legislación aplicable. Sistemas de muestreo y análisis. Técnicas de depuración. Instrucciones Técnicas en materia de contaminación atmosférica de aplicación en la Comunidad de Madrid.

33. Inmisión a la atmósfera. Legislación aplicable. Sistemas de muestreo y análisis de calidad del aire. Instrucciones Técnicas en materia de calidad del aire/ emisión atmosférica de aplicación en la Comunidad de Madrid.

34. Estrategias y planes en materia de calidad del aire en la Comunidad de Madrid. Redes de vigilancia atmosférica en la Comunidad de Madrid.

35. Contaminación por compuestos orgánicos volátiles. Ozono troposférico. Protección de la capa de ozono, lluvia ácida y contaminación transfronteriza a larga distancia.

36. Cambio climático. Normativa y aplicación del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Cálculo, reducción y compensación de la huella de carbono.

37. Principales fuentes de emisión de contaminantes atmosféricos y gases de efecto invernadero en la Comunidad de Madrid: tráfico, instalaciones industriales y domésticas. Inventario de emisiones a la atmósfera de la Comunidad de Madrid. Mitigación y adaptación al cambio climático. Políticas, estrategias, planes y medidas a nivel nacional y en la Comunidad de Madrid.

38. Efectos de la contaminación atmosférica sobre la salud humana, el clima y, en general, sobre el medio ambiente.

39. Modelos de predicción de la calidad del aire. Aplicación para el desarrollo de estrategias y planes de calidad de aire.

40. Naturaleza y control del ruido. Magnitudes, características y equipos de medida. Evaluación de la contaminación acústica. Objetivos de calidad acústica para ruido. Mapas estratégicos de ruido y planes de acción contra el ruido.

41. Fuentes de contaminación acústica en la Comunidad de Madrid. Legislación aplicable. Emisores acústicos y valores límite de emisión e inmisión. Métodos y procedimientos de evaluación de los índices acústicos.

42. Vibraciones. Origen de las vibraciones, unidades y sistemas de medida. Normativa de aplicación. Objetivos de calidad acústica para vibraciones. Valores límite de vibración aplicables a los emisores acústicos.

43. El agua. Principales características físico-químicas de las aguas naturales.

44. Características principales de la hidrología madrileña. Caudales ecológicos. Relación entre aguas superficiales y subterráneas.

45. Acuíferos subterráneos de la Comunidad de Madrid. Clases Potencial para el abastecimiento. Vulnerabilidad frente a la contaminación.

46. Contaminación de las aguas superficiales. Tipos de contaminantes y su origen. Parámetros para su definición. Procesos de eutrofización.

47. Pretratamientos y tratamientos primarios en la depuración de aguas residuales.

48. Tratamientos secundarios y terciarios de depuración de aguas residuales.

49. Lodos de depuración. Características y alternativas de tratamiento.

50. Normativa de aplicación sobre lodos de depuradora.

51. La Directiva Marco del Agua. Otras Directivas europeas relativas a la contaminación de aguas.

52. La Ley de Aguas. El Dominio Público Hidráulico y su protección.

53. El Plan Hidrológico del Tajo en el marco del Plan Hidrológico Nacional y su aplicación a la Comunidad de Madrid.

54. El abastecimiento de aguas en la Comunidad de Madrid. Sistemas, recursos y legislación.

55. Calidad de las aguas de abastecimiento. Legislación. Tratamiento de las aguas de abastecimiento. Vigilancia sanitaria.

56. Planes de depuración de aguas en la Comunidad de Madrid.

57. Saneamiento de aguas en la Comunidad de Madrid: Antecedentes, sistemas y gestión de las infraestructuras.

58. Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento. Normativa de aplicación.

59. Diseño de las campañas de control de aguas industriales. Control de vertidos industriales. Muestreo y conservación de muestras.

60. El suelo. Morfología y descripción. Estructura del suelo y propiedades relacionadas. La humedad del suelo. Componentes inorgánicos de los suelos. Componentes orgánicos del suelo. La actividad biológica del suelo.

61. Técnicas de caracterización de suelos. Parámetros básicos, pH, salinidad. Carbonatos y caliza activa. Yesos. Granulometría. Determinación de sales solubles y Capacidad de intercambio catiónico.

62. Contaminación del suelo. Capacidad de amortiguación del suelo, mecanismos de transporte y distribución de los contaminantes en el suelo. Técnicas de descontaminación de suelos: Fisicoquímicas y biológicas. Biorremediación. Fitorremediación. Recuperación del uso del suelo. Legislación aplicable.

63. Política territorial, suelo y urbanismo en la Comunidad de Madrid. Objetivos generales e instrumentos. Legislación aplicable.

64. Ordenación del territorio. Planificación urbanística y medio ambiente. Régimen urbanístico del suelo no urbanizable en la Comunidad de Madrid. Legislación ambiental aplicable al planeamiento urbanístico.

65. Estrategia de residuos de la Comunidad de Madrid. Distribución de competencias en materia de gestión de residuos. Normativa aplicable.

66. Residuos urbanos: Fracciones que los componen. Alternativas de gestión. Instalaciones públicas para el tratamiento de residuos urbanos en la Comunidad de Madrid. Legislación aplicable.

67. Envases y residuos de envases: Sistemas integrados de gestión. Legislación aplicable.

68. Los residuos de la construcción y demolición: Fracciones que los componen. Alternativas de gestión y legislación aplicable.

69. Marco jurídico de la producción y gestión de residuos.

70. Caracterización de los residuos peligrosos. Instalaciones públicas de tratamiento de residuos peligrosos de la Comunidad de Madrid.

71. El traslado de residuos dentro del estado y traslados transfronterizos: Autorizaciones requeridas, obligaciones, documentación necesaria y normativa aplicable.

72. Residuos de policlorobifenilos y policloroterfenilos, residuos de aceites industriales usados: Alternativas de gestión y normativa aplicable.

73. Vehículos al final de su vida útil, neumáticos fuera de uso: Alternativas de gestión y normativa aplicable.

74. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores usados: Obligaciones, alternativas de gestión y normativa aplicable.

75. Tratamiento de residuos: Factores a tener en cuenta en la selección del tratamiento, tipos de tratamiento y ejemplos. Operaciones de valorización y eliminación. La eliminación de residuos mediante depósito en vertedero: Legislación aplicable.

76. Actuaciones de inspección ambiental en la Comunidad de Madrid; normativa aplicable.

77. El acceso de los ciudadanos a la información ambiental. Legislación aplicable. Fuentes de información ambiental.

78. Sistema Regional de Indicadores Ambientales. Normativa de aplicación.

79. Educación Ambiental. Infraestructuras y programas de educación ambiental de la Comunidad de Madrid.

80. La investigación agroalimentaria y agroambiental. Principales convocatorias de proyectos. Fases de la elaboración, concesión y desarrollo de un proyecto de investigación. Situación en la Comunidad de Madrid.

81. El Medio Ambiente en la Unión Europea. Programas de Acción Comunitarios en materia de Medio Ambiente.

82. El Medio Ambiente en la Constitución española de 1978. Distribución de competencias estatales, autonómicas y locales en la regulación, planificación y gestión del medio ambiente.

83. Sistemas de Información Geográfica. Aplicación a la gestión del medio ambiente.

84. Tasas e impuestos ambientales.













(01/30.992/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211110-15