Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
10-11-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211110-9

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

9
ORDEN 444/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, y en el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2 bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, ahora Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), y lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2021), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en donde de forma expresa se establece en su base 1.3.b) que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para estos, aquellas convocatorias de personal funcionario de cualquier cuerpo, escala y especialidad de Administración General y Administración Especial y de personal laboral de cualquier categoría y especialidad en las que se oferte un número de plazas inferior a cinco (5).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de cuatro plazas en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

1.2. De las plazas indicadas, dos de ellas se encuentran vinculadas a la tasa de estabilización de empleo temporal de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, en donde se indica que las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal se realizarán de forma diferenciada de las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a las plazas correspondientes a la tasa de reposición ordinaria incluidas en el presente Decreto de Oferta de Empleo Público, salvo que, excepcionalmente, el reducido número de plazas haga aconsejable su acumulación en una convocatoria única, previa negociación en el seno de la comisión correspondiente; las otras dos plazas se encuentran vinculadas a la tasa de reposición ordinaria de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre.

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes:

— Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre).

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Diplomado en Enfermería, Grado en Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario.

2.2. Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas - Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada esta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta Orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes: las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava apartado segundo de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la tasa, “Acceso al Cuerpo de Subinspección Sanitaria”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por D.o Examen Titulación Subgrupo A2, Grupo Profesional II-Funcion Pública: “Dchos. Examen proc. Selec. de los que se deriva la formación de lista de espera o bolsa de trabajo”, y que asciende a 41,18 euros.

Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 20,59 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por los/as aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los Acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de selección

7.1. El sistema selectivo será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo.

7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

7.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

7.3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por 100 preguntas, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las primeras veinte preguntas versarán sobre el temario general del programa, de las cuales las quince primeras versarán sobre los temas 1 a 10, y las cinco siguientes sobre los temas 11 a 15, de dicho temario general.

— Las ochenta preguntas restantes versarán sobre los temas del temario específico del programa.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El cuestionario incluirá cinco preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas que integran el ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.

7.3.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas, habrán de desarrollar por escrito dos temas a elegir por el opositor entre tres temas extraídos al azar por el Tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.

Dicho ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3.3. Tercer ejercicio: las personas participantes, en un tiempo máximo de tres horas, habrán de resolver por escrito dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, y relacionados con el temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, se podrá acudir con la documentación y el material que, en su caso, el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.

Los supuestos prácticos serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los mismos, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.4. El orden de actuación de las personas participantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Octava

Calificación del proceso selectivo

8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.

8.2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.2.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.2. Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de los temas.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.

8.2.3. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de los supuestos prácticos.

La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.3. Calificación final de la fase de oposición: A efectos de la calificación final de la fase de oposición, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, ordenándose a las personas aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Mayor puntuación en la calificación final obtenida. Si hubiera igualdad en esta calificación, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Novena

Curso selectivo

9.1. Las personas aspirantes que hayan superado la oposición, cuyo número no podrá ser superior al número de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual se les retribuirá conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero).

9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad, con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.

El programa, regulación y duración del curso selectivo se establecerá por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9.3. Para superar el curso selectivo, las personas que participen en él deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo componen, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario/a de carrera.

9.4. A efectos de la superación del curso, las personas aspirantes deberán realizar una prueba de carácter teórico-práctico propuesta por el tribunal calificador, y que será calificada por dicho órgano de selección como “apta” o “no apta”. No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, y el/la aspirante perderá el derecho a su nombramiento como funcionario/a de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal calificador.

9.5. Las personas participantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, que se hará pública en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones

pueden consultarse en la página web http://www.comunidad.madrid/servicios/informaciónatencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

10.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo.

— Calificación final.

10.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

10.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Undécima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, las personas que lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombradas, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.

Duodécima

Lista de espera para personal funcionario interino

12.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, integrada por un máximo de 100 candidatos, con aquellos/as aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, en los ejercicios superados de la oposición.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria.

12.2. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada según lo señalado en el apartado primero de esta base, siempre que existan aspirantes que, habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio, no se hayan integrado en la lista inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos/as que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio. La ordenación de los/as candidatos/as en la ampliación de la lista de espera se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el apartado primero de esta base.

Decimotercera

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 13 de octubre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda (por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE SUBINSPECCIÓN SANITARIA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. De los derechos y deberes fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

5. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

6. La Unión Europea: Instituciones. El Derecho Comunitario: fuentes, relación con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros y participación de las Comunidades Autónomas en su aplicación.

7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

8. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento. Los procedimientos administrativos especiales. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

9. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

10. La 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Ley de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

11. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

12. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

13. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.

14. Hacienda Pública: normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

15. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

1. Organismos internacionales. La Organización de Naciones Unidas y sus oficinas especializadas. La Organización Internacional del Trabajo. Los Organismos Internacionales relacionados con la salud. La Organización Mundial de la Salud. Reglamento Sanitario Internacional.

2. Conceptos básicos sobre la salud. La salud como valor positivo. La salud como precepto constitucional en España. Factores determinantes y condicionantes de la salud.

3. El derecho a la protección de la salud en la Constitución española. La Ley General de Sanidad. Fundamentos básicos. Intervención pública en relación con la salud individual y colectiva. Infracciones y sanciones.

4. El Sistema Nacional de Salud español: marco legal. Organización. Estructura. Recursos. Prestaciones Sanitarias. Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

5. Ministerio de Sanidad. Ministerio de Consumo. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Estructura, competencias y funciones. Relaciones en el ámbito internacional, central y autonómico.

6. La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid: estructura y funciones. La Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria: estructura y funciones.

7. El Servicio Madrileño de Salud. Estructura y competencias. Régimen jurídico y funcionamiento. Ley de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud. Disposiciones generales.

8. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. La Coordinación General Sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

9. La Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido. Régimen sancionador.

10. La Inspección Sanitaria en la Comunidad de Madrid. Cuerpos. Actuación inspectora. Informes técnicos y actas.

11. Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Formación de grado y postgraduada. Formación continuada y desarrollo profesional. La acreditación de la formación de enfermería.

12. Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Normas Generales. Clasificación del Personal Estatutario. Derechos y Deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

13. Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud: jornada de trabajo. Permisos y Licencias. Retribuciones. Movilidad del Personal. Carrera Profesional. Situaciones del Personal Estatutario. Régimen Disciplinario.

14. La responsabilidad de los profesionales sanitarios: civil, penal, administrativa y deontológica. Concepto de delito, falta e imprudencia. Tipo y duración de las penas. Responsabilidad disciplinaria del personal estatutario de los Servicios de Salud. Informaciones previas y expedientes disciplinarios.

15. Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica.

16. Ley de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid: regulación del ejercicio de la libertad de elección en Atención Primaria y en Atención Hospitalaria.

17. La ética de las profesiones sanitarias. Códigos deontológicos de los profesionales de enfermería. Secreto profesional. La objeción de conciencia en el ámbito sanitario: preceptos legales.

18. Bioética y derecho. Eutanasia. Interrupción voluntaria del embarazo. Técnicas de fecundación artificial. Manipulación genética. Objeción del paciente. Comités de ética Asistencial.

19. La Atención Primaria de Salud en la Comunidad de Madrid. Los Centros de Salud. Los Equipos de Atención Primaria: organización y funciones. Contrato programa. La Enfermería en Atención Primaria. Organización y funciones.

20. La Atención Hospitalaria en la Comunidad de Madrid. Gerencias Asistenciales. Organización y funciones. La coordinación de los niveles asistenciales. La Enfermería en Atención Hospitalaria.

21. Gestión Hospitalaria. Gestión Clínica. Registros hospitalarios. Indicadores de actividad y rendimiento. Los Sistemas de Clasificación de Procesos: Grupos Relacionados por Diagnóstico. Coste por proceso.

22. Organización de la asistencia urgente extrahospitalaria en la Comunidad de Madrid. Movilización de recursos sanitarios en situaciones catastróficas.

23. Los Sistemas de Información Sanitaria. Normativa. Principales Sistemas de Información en la Comunidad de Madrid. La Historia Clínica Electrónica: estructura y datos básicos. Indicadores. Codificación sanitaria: clasificación Internacional de Atención Primaria (CIAP) y Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE).

24. La Seguridad del paciente. Concepto y evolución. Estrategia de seguridad del paciente del Servicio Madrileño de Salud. Identificación y análisis de efectos adversos. Gestión y control de incidentes de seguridad. Unidades de Gestión de Riesgos. Observatorio Regional de Seguridad del Paciente de la Comunidad de Madrid.

25. La asistencia sanitaria a ciudadanos extranjeros. Ciudadanos de la Unión Europea desplazados temporalmente en España, ciudadanos de países no europeos y ciudadanos extranjeros sin recursos.

26. La calidad de la atención sanitaria: conceptos generales. Definiciones. Herramientas básicas de calidad. Evaluación y Mejora de la calidad.

27. Modelos de gestión de calidad. Conceptos. Sistemas de acreditación. Modelos de excelencia EFQM. Sistemas de certificación ISO.

28. Bases generales sobre la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Normativa legal estatal y autonómica. La clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Las actas de Inspección e informes técnicos. Fundamento legal. Indicaciones. Efectos.

29. Requisitos técnicos generales y específicos de los centros y servicios sanitarios con internamiento en la Comunidad de Madrid. Clasificación y denominación. Requisitos técnicosanitarios del bloque quirúrgico de los centros sanitarios con internamiento en la Comunidad de Madrid.

30. Definición de transporte sanitario y normativa de aplicación. La Autorización administrativa de los vehículos de transporte sanitario. La certificación técnico-sanitaria de los vehículos de transporte sanitario: Concepto. Requisitos. Solicitud. Otorgamiento. Vigencia. Registro y Pérdida. Inspección de los vehículos de transporte sanitario: acta e informe técnico.

31. Las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos: tipos. Condiciones. Mobiliario y material clínico. Personal dependiendo del tipo de espectáculo. Normativa de aplicación. Inspección sanitaria: acta de inspección e informes técnicos de la actuación inspectora realizada a este tipo de instalaciones y servicios.

32. La evaluación de centros y servicios sanitarios. Conceptos básicos y aplicaciones. Acuerdos marcos/contratos de gestión en el Servicio Madrileño de Salud para la prestación de la asistencia sanitaria: evaluación y control.

33. Evaluación y control de la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos. La Auditoría. Principios básicos, tipos y metodología. Plan de auditorías sanitarias en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Auditorías de Centros y Servicios Sanitarios de Gestión Indirecta.

34. La Responsabilidad Patrimonial de la Administración Sanitaria. El aseguramiento de la Responsabilidad Sanitaria. Informes técnicos: contenido y metodología.

35. Las reclamaciones de los usuarios. La satisfacción de los usuarios como medida de la calidad asistencial. La gestión de las reclamaciones. Unidades y Servicios de Información y Atención al Paciente en la Comunidad de Madrid.

36. La Planificación Sanitaria. El diseño de las políticas sanitarias. Los programas de salud y su evaluación.

37. Estado de bienestar. Protección social. La Seguridad Social en España. El modelo de Seguridad Social en la Constitución española.

38. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Estructura Orgánica y Competencias. Órgano de dirección y tutela de la Seguridad Social. Organismo estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

39. El Instituto Nacional de la Seguridad Social: funciones. Órganos de dirección y gestión. Estructura orgánica y competencias de los servicios centrales y periféricos. Órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión.

40. Ley General de la Seguridad Social: estructura y contenido.

41. Régimen económico-financiero de la Seguridad Social: fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos Generales del Sistema. Normas de cotización y recaudación.

42. Gestión de la Seguridad Social: entidades gestoras y servicios comunes, naturaleza, organización y funciones.

43. El sistema de Seguridad Social: régimen general y regímenes especiales. Normas de afiliación, altas y bajas. Situaciones asimiladas al alta.

44. Entidades colaboradoras en la gestión. Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional. Competencias y ámbito de actuación. Colaboración de las empresas.

45. La Seguridad Social de los funcionarios civiles del estado, de la Administración de justicia y de las Fuerzas Armadas: MUFACE, MUGEJU e ISFAS. Particularidades.

46. Incapacidad temporal: concepto. Requisitos. Beneficiarios. Prestaciones. Nacimiento, duración y extinción del derecho a la prestación.

47. Gestión y control de la Incapacidad Temporal. Entidades implicadas en el seguimiento y control de la prestación: competencias. Estándares de duración óptima.

48. Gestión y Control de la Incapacidad Temporal desde la Inspección Sanitaria. Convenio establecido entre el INSS y las Comunidades Autónomas para el control de la Incapacidad Temporal.

49. El accidente de trabajo: concepto. Declaración. Prestaciones. Peculiaridades. Lesiones permanentes no invalidantes.

50. La Enfermedad Profesional: concepto, declaración, requisitos. Peculiaridades. El listado de enfermedades profesionales.

51. Maternidad y paternidad. Situaciones protegidas. Beneficiarios. Prestación económica. Las prestaciones de Riesgo durante el embarazo y la lactancia.

52. Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. La Igualdad efectiva de hombres y mujeres. Aspectos laborales. Excedencias y permisos.

53. Aspectos básicos de las prestaciones económicas del Sistema de Seguridad Social: jubilación, muerte y supervivencia. Protección familiar. Desempleo.

54. La Incapacidad Permanente. Concepto. Clases y grados. Prestaciones económicas y recuperadoras.

55. Procedimiento de reconocimiento de las prestaciones de Incapacidad Permanente. Los Equipos de Valoración de Incapacidades, composición, competencias, normas de actuación. Revisión de la Incapacidad Permanente: causas y plazos de revisión.

56. Los conceptos de deficiencia, limitación de la actividad y discapacidad. Procedimiento de reconocimiento de la discapacidad en España. Prestaciones y sistema de ayuda social no contributiva.

57. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los Servicios de Prevención. La participación del trabajador.

58. El Reglamento de los Servicios de Prevención. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. La evaluación de la salud de los trabajadores. Historia clínico-laboral.

59. La prestación farmacéutica del Sistema de Seguridad Social. Receta Oficial. Receta Electrónica. La aportación del usuario. Productos financiados y no financiados.

60. Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. La prescripción de enfermería.

61. Evaluación de la prestación farmacéutica. La Inspección de Farmacia y sus funciones. Normativa por la que se regula el procedimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos.

62. Las prestaciones sanitarias: Prestación ortoprotésica, productos dietéticos, técnicas de terapia respiratoria a domicilio. El transporte sanitario. La hemodiálisis a domicilio. Reintegro de gastos.

63. Proceso de Enfermería: Valoración. Diagnóstico. Planificación. Ejecución. Evaluación.

64. La Educación Sanitaria. Definición. Campos de acción de la Educación Sanitaria. Los agentes de la educación para la salud. La Educación Sanitaria en la escuela, la comunidad, la empresa y los servicios asistenciales.

65. Epidemiología. Conceptos. Fuentes de datos en Epidemiología. Epidemiología descriptiva. Tipos de estudios. Estudios transversales y ecológicos.

66. Vigilancia Epidemiológica: concepto, usos y objetivos. Métodos de Vigilancia Epidemiológica. Características de los estudios epidemiológicos.

67. Estadística Sanitaria: conceptos fundamentales. Conceptos de Población y Muestra. Muestreo: tipos y métodos. Estadística Descriptiva. Estadística Analítica.

68. Demografía Sanitaria. Fuentes de datos. Demografía estática. Estructura de las poblaciones. Demografía dinámica. Natalidad y fecundidad. Mortalidad general y específica. Evolución de las poblaciones. El tiempo en demografía.

69. Investigación Sanitaria. Ensayos clínicos: normativa, tipos, características y aplicaciones. La inspección de Servicios Sanitarios en los ensayos clínicos. La investigación en salud. Métodos y técnicas. Análisis e interpretación de datos. Los Comités Éticos de investigación clínica.

70. Economía de la Salud: conceptos y objetivos. Criterios: eficacia, efectividad, eficiencia, equidad. Sanidad e intervención del mercado. Financiación del gasto sanitario.













(01/30.979/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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