Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2021

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211115-1

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

1
RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca por el sistema de Libre Designación, la provisión de puestos de trabajo singularizados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid.

El Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto 50/2015, de 21 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo), creó el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid y aprobó su reglamento.

En la actualidad se encuentran vacantes los puestos singularizados de Director y Subdirector, que han de cubrirse por el sistema de Libre Designación, de conformidad con las previsiones de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por Orden 123/2019, de 27 de septiembre.

La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia ostenta las competencias en materia de gestión del personal funcionario y laboral al servicio de la Administración de Justicia de su ámbito territorial, de conformidad con el Decreto 191/2021, de 3 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

De conformidad con lo establecido en los artículos 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los artículos 56 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y con las competencias atribuidas,

RESUELVO

Primero

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de Libre Designación, de los puestos de Director y Subdirector incluidos en la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid.

Segundo

Requisitos y condiciones de participación

1. Podrán participar en esta convocatoria de Libre Designación: Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses cualquiera que sea la Administración en que trabajen, que cuenten con un mínimo de cinco años de experiencia en el Cuerpo, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación.

2. No podrán participar en esta convocatoria de Libre Designación:

a) Los Médicos Forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

d) Los condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Tercero

Puestos de trabajo ofertados

Se convocan los puestos de Director y Subdirector incluidos en la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid que figuran en Anexo I de la presente Resolución con su descripción completa.

Cuarto

Solicitudes

1. Las solicitudes para tomar parte en el procedimiento de provisión se ajustarán al modelo publicado como Anexo II de esta Resolución.

2. Además de los datos previstos en el indicado modelo, las personas aspirantes harán constar en la solicitud su currículo vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo a que pertenecen, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado.

4. Igualmente, tendrán que presentar un proyecto firmado, en una extensión no superior a quince folios, que versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer y en el que tendrán que concretar sus propuestas a nivel organizativo, funcional y formativo, así como sobre todas aquellas cuestiones que la persona aspirante considere de interés de acuerdo con las funciones del puesto.

5. A la solicitud se adjuntará autorización firmada para que la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior acceda al Registro Central de delincuentes sexuales y compruebe la inexistencia de antecedentes.

6. Con la solicitud se adjuntará la documentación original o fotocopias compulsadas y paginadas de la documentación justificativa de los méritos alegados, así como índice de los mismos.

7. Las solicitudes deberán ir dirigidas al Ilmo. Sra. Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón 38, 3.a planta, 28020 Madrid, y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” de conformidad con las previsiones del artículo 56.2 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. La convocatoria será también objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes se presentarán en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8. No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.

9. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Quinto

Adjudicación de puesto de trabajo

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia examinará todas las presentadas y determinará el candidato más idóneo que cumpla con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Con anterioridad a la selección, se podrá acordar la celebración de una entrevista con los candidatos.

Sexto

Destinos

1. El destino adjudicado se considerará obtenido con carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

2. El destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, aquel funcionario que hubiera obtenido un puesto podrá renunciar a este si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.

Séptimo

Resolución y tomas de posesión

1. Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una vez apreciada la idoneidad de los candidatos. Dicho plazo podrá prorrogarse, excepcionalmente, hasta un mes más.

2. Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidas en la convocatoria y la competencia para proceder al mismo, de conformidad con el artículo 60 del Real Decreto 1451/2005 y la resolución, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. La resolución deberá expresar el puesto de origen del interesado a quien se adjudique destino.

3. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

4. La toma de posesión habrá de producirse en la forma que determine la resolución de la convocatoria, de conformidad con las previsiones del artículo 61 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.

Octavo

Recursos

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2021.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.



(03/31.438/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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