Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211115-30

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

30
ORDEN 1270/2021, de 2 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las normas básicas de funcionamiento y se pone a disposición de la Administración de la Comunidad de Madrid la estructura inicial de los Servicios Delegados de Archivo.

El artículo 13.1 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid, establece la existencia de Archivos Centrales en las Consejerías y en los órganos de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el artículo 14 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, también contempla la existencia de “Archivos Centrales de las Consejerías” y “Archivos de los Entes Institucionales y Empresas públicas de la Comunidad de Madrid”.

Dada la ausencia de este tipo de archivos en la mayoría de las Consejerías, organismos y empresas vinculadas o dependientes, el apartado 1 de la disposición adicional cuarta del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, determina que la Dirección General de Patrimonio Cultural, a través de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental, y en función de sus disponibilidades presupuestarias, podrá poner a disposición de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus organismos y empresas vinculadas o dependientes, en tanto no establezcan dichos organismos la creación y dotación de un servicio de archivo dentro de su estructura orgánica, unos Servicios Delegados de Archivo. Además, el apartado 2 de la citada disposición adicional cuarta establece que, mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establecerán las normas básicas de funcionamiento y la estructura inicial de los Servicios Delegados de Archivo.

Asimismo, la Disposición Final Primera del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, habilita a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a dictar las disposiciones de desarrollo del citado Decreto.

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con las funciones que tengo atribuidas por la letra d) del artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Normas básicas de funcionamiento de los Servicios Delegados de Archivo

1. La Dirección General de Patrimonio Cultural, a propuesta de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental, podrá disponer, a partir de la publicación de esta Orden, la creación, la supresión o la modificación de los Servicios Delegados de Archivo en función de sus disponibilidades presupuestarias, las necesidades técnicas, los cambios orgánicos y cualquier otra circunstancia que así lo aconseje.

2. Los Servicios Delegados de Archivo, que tendrán el carácter de servicios comunes y que serán coordinados por la Secretaría General Técnica, Secretaría General o unidad equivalente en cada órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid, organismo o empresa vinculada o dependiente en que se encuentren incardinados, dependerán orgánica y funcionalmente de la Unidad de Inspección de Archivos de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

3. Al frente de los Servicios Delegados de Archivo habrá: un Técnico Superior de Archivos, perteneciente a la Especialidad de Archivos del Cuerpo de Técnicos Superiores Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalente; o un Técnico de Archivos, perteneciente a la Especialidad de Archivos de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas o equivalente.

Los Técnicos Superiores de Archivos o los Técnicos de Archivos responsables de cada Servicio Delegado de Archivo, así como aquellos otros que puedan ser asignados al mismo, serán designados por la persona titular de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental de entre el personal funcionario existente en la Unidad de Inspección de Archivos de dicha Subdirección General.

4. En los Servicios Delegados de Archivo, el Técnico Superior de Archivos o el Técnico de Archivos tendrán a su cargo el ejercicio de las funciones que la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid y su normativa de desarrollo establecen para los archivos centrales.

Artículo 2

Establecimiento de la estructura inicial de Servicios Delegados de Archivo en la Administración de la Comunidad de Madrid y creación, supresión o modificación de la misma

1. Se establece la siguiente estructura inicial de Servicios Delegados de Archivo en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid:

a) En la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte: el Servicio Delegado de Archivo de Cultura, Turismo y Deporte.

b) En la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo: el Servicio Delegado de Archivo de Economía y Hacienda.

c) En la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía: el Servicio Delegado de Archivo de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

d) En la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior: el Servicio Delegado de Archivo de Justicia e Interior.

e) En la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura:

1.o El Servicio Delegado de Archivo de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

2.o El Servicio Delegado de Archivo del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario.

f) En la Consejería de Familia, Juventud y Política Social: el Servicio Delegado de Archivo de Familia, Juventud y Política Social.

g) En la Consejería de Sanidad:

1.o El Servicio Delegado de Archivo de Sanidad.

2.o El Servicio Delegado de Archivo del Servicio Madrileño de Salud.

2. La creación, supresión o modificación de la estructura inicial de los Servicios Delegados de Archivo establecida en el apartado 1 se realizará mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Derogación de normativa

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Orden y, en particular, la Orden 21/2019, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se ponen a disposición de la Administración de la Comunidad de Madrid Servicios Delegados de Archivo.

DISPOSICIÓN FINALES

Primera

Habilitación de desarrollo

Se habilita a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Segunda

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de noviembre de 2021.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/31.049/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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