Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2021

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211115-54

Páginas: 10


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

54
Delegación del Gobierno en Madrid. Área Funcional de Industria, Energía y Minas. Autorización administrativa y declaración impacto ambiental

Área Funcional de Industria, Energía y Minas

Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, por el que se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, del proyecto Parques solares fotovoltaicos Ojeador Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Montería Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn y Montería Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid. Así como de las Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción de la Subestación Transformadora ST Monterías 220/30 kV, Subestación Transformadora ST Ojeadores 220/30 kV, L220 Ojeadores Armada, L220 Monterías Ojeadores, en las provincias de Guadalajara y Madrid, promovido por Alberche Conex, S. L. U., y Bidasoa Conex, S. L. U.

Exp.: PFOT-405AC

A los efectos establecidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se somete al trámite de información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, del proyecto Parques solares fotovoltaicos Ojeador Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Montería Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn y Montería Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid.

Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción de la Subestación Transformadora ST Monterías 220/30 kV, Subestación Transformadora ST Ojeadores 220/30 kV, L220 Ojeadores Armada, L220 Monterías Ojeadores, en las provincias de Guadalajara y Madrid.

Adicionalmente, en el PFot-405 AC se solicita la Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción SET Armada 220/30 Kv*, LAAT 220 Armada -Piñón*, SET Piñón 220/30 kV**, LAAT 220 kV Piñón-Nimbo**, SET Nimbo 400/220/30 kV**, LAAT 400kV Nimbo-Loeches** y Proyecto de estación de medida Línea Nimbo-Loeches** en los términos municipales de Ambite, Nuevo Baztán, Olmeda de las Fuentes, Valverde de Alcalá, Corpa y Pezuela de las Torres, Pozuelo del Rey, Loeches, Campo Real y Arganda del Rey en la provincia de Madrid. Los proyectos marcados con asteriscos (*) se tramitan también por esta Dirección del Área Funcional de Industria y Energía en el PFot-192, y los proyectos marcados con (**) se tramitan también en el PFot-172 AC.

Sus principales características son las siguientes:

a) Peticionario: Alberche Conex, S.L.U. y Bidasoa Conex, S.L.U.

b) Domicilio: Calle Cardenal Marcelo Spínola, 4, Piso 1.o D (Madrid). CP 28016.

c) Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública es la Dirección General de Política Energética y Minas; el órgano ambiental competente para emitir la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, ambas pertenecientes al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dependencia del Área funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Madrid. Las alegaciones se dirigirán a dicho órgano.

e) Finalidad: Generación de energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos y evacuación de dicha energía generada para su comercialización.

f) Presupuesto total del proyecto según los Presupuestos de Ejecución Material: 117.046.224,14 €. Desglosado del siguiente modo:

— PSFV Ojeadores Solar II: 27.772.670,72 €.

— PSFV Montería Solar II: 26.281.215,04 €.

— PSFV Montería Solar III: 27.626.896,69 €.

— PSFV Ojeador solar III: 27.594.937,99 €.

— ST Ojeadores 220/30 kV: 3.204.670,36 €.

— ST Monterías 220/30 kV:2.601.207,71 €.

— L/220 kV Ojeadores-Armada: 1.582.695,85 €.

— L/220 KV Monterías-Ojeadores: 381.929,78 €.

g) Términos municipales afectados: Ambite, en la provincia de Madrid y Mondéjar, Almoguera Fuentenovilla y Pozo de Almoguera, en Guadalajara.

h) Características generales del proyecto:

— Parque solar Ojeador II: Ubicado en el término municipal de Modéjar (Guadalajara). Su línea de evacuación en 30 kV se ubica en el término municipal de Modéjar. Constará de una potencia instalada de 45,5 MW y una potencia nominal de 38,47 MWn. La superficie que ocuparía la instalación es de un total de 110,61 ha. La instalación cuenta con 101.088 Módulos fotovoltaicos de 450 Wp. Los módulos se agrupan en seguidores a un eje E-O, dispuestos en el terreno dirección N-S. Para la evacuación eléctrica en 30 kV se proyectan canalizaciones enterradas bajo tubo que se agrupan en 9 Centros de Transformación (8´5000 kVA y 1´2500 kVA) con 17 Inversores de 2500 kVA. La potencia generada será evacuada a través de una línea soterrada de 30kV, hasta la SET Ojeadores que aumentará la tensión hasta 220 kV, para su transporte.

— Parque solar Ojeador III: Ubicado en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Su línea de evacuación en 30 kV se ubica en los TT.MM. Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Constará de una potencia instalada de 45,5 MW y una potencia nominal de 38,47 MWn. La superficie que ocuparía la instalación es de un total de 159,99 ha. La instalación cuenta con 101.088 Módulos fotovoltaicos de 450 Wp. Los módulos se agrupan en seguidores a un eje E-O, dispuestos en el terreno dirección N-S. Para la evacuación eléctrica en 30 kV se proyectan canalizaciones enterradas bajo tubo que se agrupan en 9 Centros de Transformación (8´5000 kVA y 1´2500 kVA) con 17 Inversores de 2500 kVA. La potencia generada será evacuada a través de una línea soterrada de 30kV, hasta la SET Monterías que aumentará la tensión hasta 220 kV, para su transporte.

— Parque solar Montería II: Ubicado en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Su línea de evacuación en 30 kV se ubica en los TT.MM. Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Constará de una potencia instalada de 45,5 MW y una potencia nominal de 38,47 MWn. La superficie que ocuparía la instalación es de un total de 112,36 ha. La instalación cuenta con 84.240 Módulos fotovoltaicos de 540 Wp. Los módulos se agrupan en seguidores a un eje E-O, dispuestos en el terreno dirección N-S. Para la evacuación eléctrica en 30 kV se proyectan canalizaciones enterradas bajo tubo que se agrupan en 12 Centros de Transformación de (5´5000 kVA y 7´2500 kVA) de potencia con 17 Inversores de 2500 kVA. La potencia generada será evacuada a través de una línea soterrada de 30kV, hasta la SET Monterías que aumentará la tensión hasta 220 kV, para su transporte.

— Parque solar Montería III: Ubicado en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Su línea de evacuación en 30 kV se ubica en los TT.MM. Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara). Constará de una potencia instalada de 45,5 MW y una potencia nominal de 38,47 MWn. La superficie que ocuparía la instalación es de un total de 137,2 ha. La instalación cuenta con 101.088 Módulos fotovoltaicos de 450 Wp. Los módulos se agrupan en seguidores a un eje E-O, dispuestos en el terreno dirección N-S. Para la evacuación eléctrica en 30 kV se proyectan canalizaciones enterradas bajo tubo que se agrupan en 9 Centros de Transformación (8´5000 kVA y 1´2500 kVA) con 17 Inversores de 2500 kVA. La potencia generada será evacuada a través de una línea soterrada de 30kV, hasta la SET Monterías que aumentará la tensión hasta 220 kV, para su transporte.

— Subestación elevadora de tensión Ojeadores 220/30 kV: Estará ubicada en el T.M. Modéjar (Guadalajara) y en ella se emplazarán dos transformadores de potencia de 90/120/150 MVA con una relación de transformación de 220/30 kV. Constará de un parque intemperie de 220 kV equipado con dos posiciones de transformador y una posición de salida de línea. También, constará de un nivel de 30 kV de intemperie, y un nivel de 30 kV de interior.

— Subestación elevadora de tensión Monterías 220/30 kV: Estará ubicada en el T.M. Fuentenovilla (Guadalajara). La subestación será de tipología línea-trafo y está compuesta por una posición de línea-transformador de 220 kV en intemperie, un transformador principal de potencia 70/100/125 MVA, un embarrado de 30 kV también en intemperie, tres conjuntos de celdas de 30 kV de asilamiento en SF6, además de un sistema de control y protección y servicios auxiliares.

— LAT 220kv evacuación SET Ojeadores-SET Armada. La línea discurre por los TT.MM. Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla y Ambite, y tiene la función de evacuar en 220 kV, la energía producida por la PSFV Ojeadores II, Ojeadores III, Monterías II y Monterías III desde la SET Ojeadores hasta la SET Armada. Se trata de una línea aérea de doble circuito con una longitud total de 7,97 km, en 12 alineaciones y 26 apoyos. Se emplea un cable tipo LA-380 GULL de aluminio y acero recubierto de aluminio. El circuito 1 (de reserva para un futuro desarrollo con conexión al nudo San Fernando 400 kV) tiene su origen en la SET Ojeadores, y el final en el Apoyo 27 de la L220 Armada-Piñón; El circuito 2 (con conexión al nudo Loeches 400 kV) tiene su origen en la SET ojeadores, y el final en la SET armada.

— LAT 220kv evacuación SET Monterías-SET Ojeadores. La línea discurre por los TT.MM. Fuentenovilla, Mondéjar y Almoguera, y tiene la función de evacuar en 220kV, la energía producida por la PSFV Ojeadores III, Monterías II y Monterías III desde la SET Monterías hasta la SET Ojeadores. Se trata de una línea aérea de un solo circuito con una longitud total de 3,053 km, en 4 alineaciones y 10 apoyos. Se emplea un cable tipo LA-380 GULL de aluminio y acero recubierto de aluminio.

— La SET Armada 220/30 Kv y LAAT 220 Armada-Piñón en los términos municipales de Ambite, Nuevo Baztán, Olmeda de las Fuentes, Valverde de Alcalá, Corpa y Pezuela de las Torres se tramitan dentro del PFot-192,

— La SET Piñón 220/30 kV, LAAT 220 kV Piñón-Nimbo, SET Nimbo 400/220/30 kV, LAAT 400 kV Nimbo-Loeches y Proyecto de estación de medida Línea Nimbo-Loeches en los términos municipales Valverde de Alcalá, Pozuelo del Rey, Loeches, Campo Real y Arganda del Rey en la provincia de Madrid se tramitan dentro del PFot-172 AC.

De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el proyecto Parques solares fotovoltaicos Ojeador Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, Montería Solar II, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn y Montería Solar III, de 45,5 MWp/ 38,47 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, Subestación Transformadora ST Monterías 220/30 kV, Subestación Transformadora ST Ojeadores 220/30 kV, L220 Ojeadores Armada, L220 Monterías Ojeadores, en las provincias de Guadalajara y Madrid, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Autorización Administrativa Previa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción, y a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico resolver sobre la Declaración de Impacto Ambiental dado que el citado proyecto está sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinario establecido en la Sección 1.a del Capítulo II del Título II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo 56, Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.

Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios y demás titulares afectados por la actuación proyectada, cuya relación se inserta al final de este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos y puedan aportar por escrito los datos y documentos oportunos para subsanar posibles omisiones y errores en la relación indicada.

Cualquier interesado podrá consultar los Anteproyectos y en su caso, los Proyectos Técnicos Administrativos, y los Estudio de Impacto Ambiental citados, disponibles a través del siguiente enlace: https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/cb00f92a59fb85719d0c...

Las personas físicas también podrán consultar la documentación en la Subdelegación del Gobierno en Madrid, sita en calle García de Paredes, 65, 28071 Madrid.

Podrán presentarse las alegaciones o informes que se consideren oportunos, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado disponible en: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do (Órgano: Delegación del Gobierno en Madrid-Área Funcional de Industria y Energía”, código DIR3; EA0040718), en la oficina de Registro de las Subdelegaciones del Gobierno y otros Registros oficiales, o por alguno de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las alegaciones o informes presentados por entidades, personas jurídicas y profesionales obligados a relacionarse por medios electrónicos con las AAPP, se presentarán exclusivamente a través del Registro Electrónico Común citado, conforme al Artículo 14 de la Ley 39/2015.

A efectos de los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, los interesados dispondrán del citado plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio para emitir los informes y formular las alegaciones que estimen pertinentes, en relación con los posibles efectos significativos del proyecto sobre el medio ambiente.

Todas las alegaciones o informes incluirán necesariamente el número de expediente PFOT-405AC al objeto de garantizar su inequívoca identificación. Caso de no incluirse se podrán tener por no presentados.

La presente publicación se realiza asimismo a los efectos de notificación previstos en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 28 de octubre de 2021.—El director del Área de Industria y Energía, Francisco Barroso Palomino.











(02/30.874/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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