Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211115-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Colmenar de Oreja. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 5 de noviembre de 2021, ha aprobado inicialmente los siguientes expedientes de modificación de créditos:

— Modificación de créditos número 13/2021, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con mayores ingresos.

— Modificación de créditos número 15/2021, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

— Modificación de créditos número 16/2021, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

— Modificación de créditos número 17/2021, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

— Modificación de créditos número 18/2021, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

— Modificación de créditos número 19/2021, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el acuerdo adoptado y el expediente elaborado al efecto, se exponen al público por el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de la Secretaría Municipal para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://www.aytocdo.com).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Colmenar de Oreja, a 10 de noviembre de 2021.—El alcalde-presidente, David Moya Aguilar.

(03/31.691/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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