Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
18-11-2021

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211118-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

59
Móstoles. Urbanismo. Plan especial segregación parcela

Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 28 de septiembre de 202,1 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el Plan Especial para segregación de parcela en la avenida de los Rosales, número 60, de la Urbanización “Parque Coímbra” en Móstoles, Madrid.

Segundo.—Apertura del trámite de información pública por plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en el Departamento de Planeamiento e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Móstoles, calle Independencia, número 12, 6.a planta.

Inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión. Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los organismos autónomos y en la web municipal, así como notificación individualizada a los propietarios.

De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos conforme a la LSCM, de 17 de julio, y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial, y que deberán ser emitidos en el mismo plazo que la información pública.

Tercero. Requerimiento.—El Plan Especial adopta como superficie de la parcela 1.333,81 m2 de suelo. Debe justificarse la superficie mediante levantamiento topográfico en coordenadas universales.

Retranqueos a linderos. No se establecen. El Plan Especial debe establecerlos o remitirse a la ordenanza vigente. El documento mantiene la ocupación actual. Dado que se trata de una determinación pormenorizada se recuerda que puede adecuarse a la establecida por la ordenanza ZU-R3 para parcelas de menor tamaño. En todo caso, el documento de aprobación definitiva justificará que el porcentaje de ocupación y los retranqueos de la edificación establecidos por el Plan Especial responden a determinaciones pormenorizadas propias de los planes de desarrollo, de acuerdo, como se ha mencionado, con el artículo 35 la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y con el Plan General de Móstoles.

Para el cómputo de la edificabilidad se estará a lo dispuesto en el artículo III.3.4 sobre medición de la superficie computable a efectos de edificabilidad del documento de las Normas Urbanísticas Generales del Plan General.

El proyecto de ejecución resolverá las acometidas a las parcelas de los servicios urbanísticos municipales que se ejecutarán con cargo al promotor de la parcela.

El plano de parcelas resultantes, con descripción pormenorizada de linderos, debe aportarse en coordenadas universales. Se aportará fichero del plano o planos de condiciones de ordenación, acotado, en formato digital (dxf o dwg), en coordenadas UTM ETRS-89 HUSO 30, de acuerdo con la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Catastro Inmobiliario, que implica a las Administraciones Locales a “remitir al Registro de la Propiedad los planes urbanísticos generales y de desarrollo debidamente georreferenciados y metadatados.”

El documento de aprobación definitiva deberá presentarse visado (seis ejemplares) por colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad legalmente representada (incluido los propietarios en régimen de gananciales si los hubiera) y el técnico redactor. Se entregará completo, incluido anexos, mediante archivo informático en formato pdf del documento definitivo y fichero del plano base de ordenación en formato dxf o dwg en coordenadas UTM / ETRS89.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolución a los interesados: doña M.a Teresa Limones González y don Ángel Ballesteros Perals.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y teniendo en cuenta el mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se somete el citado documento a información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles, en la calle Independencia, número 12, en horario de 9:00 hasta las 14:00 horas.

Móstoles, a 8 de octubre de 2021.—La concejala-delegada de Presidencia y Desarrollo Urbano, María Luisa Ruiz González

(02/30.927/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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