Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211122-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 3

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Alcobendas número 3. Procedimiento 674/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 674/2020, entre Anjana Investments, S. L. U. y Residencial Business Out City, S. L., en cuyos autos de ha dictado sentencia de fecha 29 de abril de 2021, cuyo contenido de encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 160/2021

Alcobendas, a 29 de abril de 2021.—Vistos por mí, doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcobendas, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado, y registrados bajo el número 674/2020, a instancias del procurador de los tribunales don Alberto Narciso García Barrenechea, en nombre y representación de la entidad Anjana Investments, S. L. U., contra la mercantil Residencial Business Out City, S. L., he venido a dictar la presente resolución a la que sirven de base los siguientes

Fallo

Que estimo la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Alberto Narciso García Barrenechea, en nombre y representación de la entidad Anjana Investments, S. L. U., frente a la mercantil Residencial Business Out City, S. L., y debo declarar y declaro la modificación del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 1 de diciembre de 2009 y anexo de contrato de fecha 28 de febrero de 2013, sobre la nave industrial sita en la avenida Cerro del Águila, número 19, de la localidad de San Sebastián de los Reyes, en el sentido de suspender el pago de la renta durante el período comprendido entre los días 14 de marzo de 2020 y 18 de mayo de 2020, ordenando la devolución que pudiera darse con relación a los excesos de renta cobrados por la demandada y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Residencial Business Out City, S. L., expido y firmo la presente en Alcobendas, a 24 de septiembre de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.062/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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