Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211124-32

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

32
ORDEN 1354/2021, de 12 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el año 2020-2023.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.bis que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo, se dictó la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, en el marco de la Ley de Presupuestos para 2019, prorrogada automáticamente por mor del artículo 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, hasta tanto se llevase a cabo la aprobación de los nuevos presupuestos.

En la citada Orden, en el dispongo 3: “Subvenciones en materia de bibliotecas y el libro” (programa 332B), apartado c) “Acciones subvencionables, plazos de ejecución, costes previsibles y fuentes de financiación”, subapartado 1 “Subvenciones de carácter nominativo”, se relacionan las líneas de actuación que se van a desarrollar con cargo a este Programa y modalidad de subvención.

Entre las citadas líneas de actuación no se incluyó la subvención a la Fundación Pro Real Academia Española, por un importe de 100.000 euros. Durante el año 2021 se va a proceder a conceder a la citada fundación una subvención de las previstas en el artículo 5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Se considera oportuna esta subvención dado las actuaciones llevadas a cabo por la citada Fundación:

— Financiar y contribuir a la difusión de sus trabajos, tanto propios como desarrollados en colaboración con la Asociación de Academias de la Lengua Española.

— Colaborar en la elaboración y actualización de sus Diccionarios, Gramáticas y Ortografías y otras obras panhispánicas.

— Colaborar en la publicación de ediciones solventes y de facsímiles de escritores de habla española.

— Colaborar en actividades relativas a investigaciones y estudios científicos y culturales que la Real Academia Española considere necesario acometer.

Para el año 2022 ha sido incluida, como asignación nominativa, en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por el mismo importe, con cargo a la partida 48199 “Otras Fundaciones”. Es por esto, por lo que se propone modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio y Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, en coherencia con lo aquí expuesto.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, y a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural,

DISPONGO

Añadir el apartado 6 al “dispongo 3, apartado c), subapartado 1” de la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023:

3) Subvenciones en materia de bibliotecas y el libro (Programa 332B).

A) …

B) …

C) Acciones subvencionables, plazo de ejecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

Con las finalidades anteriormente expuestas se van a emprender las líneas de subvención con el coste previsto que se indica, teniendo todas ellas el plazo de ejecución comprendido entre la anualidad de 2020 y la de 2023, ambas inclusive.

Los costes que se indican son los previsibles, pudiendo ser modificados al alza o a la baja en función de las disponibilidades presupuestarias, sin que sea necesario modificar el presente Plan.

1. Subvenciones de carácter nominativo:

Ayudas a asociaciones representativas del sector del libro, para el fomento de actividades de animación a la lectura:

1.1. Asociación de Empresarios y Empresarias del Comercio del Libro de Madrid: 80.000 euros por anualidad para la organización de la “Feria del Libro de Madrid”, ayudas destinadas a acciones de formación en el ámbito de las librerías y otras iniciativas de promoción del sector de la librería.

Concretamente, el crédito propuesto en el período 2020-2023, sin perjuicio de lo que establezcan futuras leyes presupuestarias, será de 320.000 euros conforme a las siguientes anualidades:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, subconcepto 48010 “Empresarios y Empresarias del Comercio del Libro”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

1.2. Asociación Gremio de Editores de Madrid: 100.000 euros por anualidad para la realización de diversas acciones de promoción de la lectura, realización de acciones formativas en el campo de la edición, y presencia de los editores en concursos, eventos y ferias tanto nacionales como internacionales.

Concretamente, el crédito propuesto en el período 2020-2023, sin perjuicio de lo que establezcan futuras leyes presupuestarias, será de 400.000 euros conforme a las siguientes anualidades:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, subconcepto 48011 “Asociación Editores de Madrid”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

1.3. Asociación de Libreros de Viejo y Antiguo (LIBRIS): 4.000 euros por anualidad para la organización de la “Feria de Otoño del Libro Viejo y Antiguo” en sus respectivas ediciones.

Concretamente, el crédito propuesto en el período 2020-2023, sin perjuicio de lo que establezcan futuras leyes presupuestarias, será de 16.000 euros conforme a las siguientes anualidades:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, subconcepto 48012 “Asociación Libreros de Viejo y Antiguo (LIBRIS)”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

1.4. Asociación de Libreros de Lance de Madrid: 4.000 euros por anualidad para la organización de la “Feria del Libro Antiguo y de Ocasión” que se celebra anualmente, en primavera en sus respectivas ediciones.

Concretamente, el crédito propuesto en el período 2020-2023, sin perjuicio de lo que establezcan futuras leyes presupuestarias, será de 16.000 euros conforme a las siguientes anualidades:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, subconcepto 48013 “Asociación Libreros de Lance Madrid”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

1.5. Ayuda a la Fundación Centro de Poesía José Hierro: 80.000 euros.

La Comunidad de Madrid constituyó en 2006, junto con el Ayuntamiento de Getafe y miembros de la familia del poeta José Hierro, una fundación cultural con la denominación de “Centro de Poesía José Hierro” con sede en Getafe. El objeto de la Fundación es promover el estudio, la investigación y la difusión de la poesía, especialmente la poesía española del siglo XX, así como fomentar la creación poética y literaria.

En su calidad de patrono, la Comunidad de Madrid viene participando junto con el Ayuntamiento de Getafe en la gestión del Centro, con la correspondiente aportación económica anual.

Concretamente, el crédito propuesto en el período 2020-2023 será de 320.000 euros conforme a las siguientes anualidades:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, subconcepto 48131 “Fundación Centro Poesía José Hierro”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

La concesión de las ayudas queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en el ejercicio correspondiente a la convocatoria.

La totalidad de los importes descritos se financiarán con cargo a los créditos del programa 332B “Bibliotecas y patrimonio bibliográfico”. No existe cofinanciación por parte del Estado ni de la Unión Europea.

1.6. Subvención a la Fundación Pro Real Academia Española: 100.000 euros.

La Fundación Pro Real Academia Española es una fundación docente privada, de carácter promocional, con patrimonio autónomo y sin finalidad lucrativa que, tiene como fin esencial canalizar la ayuda de la sociedad a la Real Academia Española para que esta pueda desarrollar mejor las funciones de servicio a la lengua que tiene encomendadas, tal como velar por la unidad de la lengua española y promover la difusión de ediciones literarias, especialmente clásicas, y de textos no literarios que juzgue importantes para el conocimiento de la lengua y las letras españolas.

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332B, partida 48199 “Otras Fundaciones”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2021.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/32.201/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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