Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211124-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1393/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1033/2021, de 10 de septiembre, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2021.

Mediante Orden 1104/2016, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional, modificada mediante la Orden 1657/2017, de 11 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte.

Por Orden 163/2021, de 19 de marzo, de la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

El artículo 10 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. En virtud de lo establecido en el artículo 9.3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Dirección General de Deportes, que asume las competencias de las extintas Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte y Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte.

Por Orden 1033/2021, de 10 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2021.

Con posterioridad a la concesión, ha habido siete entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en el artículo 9.2 de la Orden 1104/2016 y en el dispongo 8.2 de la Orden 163/2021 porque no han seguido desarrollando su actividad al nivel que les hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que no siguen o que no han participado en alguna de las competiciones a las que se refiere el artículo 1 de la Orden de convocatoria, debiendo procederse por lo tanto a la revocación de las mismas.

El dispongo quinto de la Orden 41/2019, de 20 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de cada Dirección General la revocación de subvenciones, en el caso de que el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Revocar las siguientes ayudas concedidas por Orden 1033/2021, de 10 de septiembre, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos, a las entidades relacionadas a continuación, al no cumplir los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 1104/2016, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y el dispongo 8.4 de la Orden 163/2021, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2021:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 17 de noviembre de 2021.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre), la Directora General de Deportes, Coral Astrid Bistuer Ruiz.

(03/32.105/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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