Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211124-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Cadalso de los Vidrios. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 6 de octubre de 2021, aprobó inicialmente el expediente de la modificación de crédito 05/2021 del presupuesto de 2021, prorrogado de 2017, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con el Remanente líquido de Tesorería.

Sometido el acuerdo al trámite de información pública, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 250, de 20 de octubre de 2021, y no habiéndose presentado reclamaciones dentro de plazo, se eleva automáticamente a definitivo el acuerdo inicial.

Lo que se hace público para general conocimiento, a los efectos del artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, insertándose el resumen de las modificaciones por capítulos del presupuesto, según el siguiente detalle:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Cadalso de los Vidrios, a 15 de noviembre de 2021.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.

(03/31.875/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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