Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211124-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

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Madrid número 21. Procedimiento 49/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 49/2020, entre doña Raquel Barroso Segovia y doña Rosario Gloria Delgadillo de Calle y don Cristóbal Calle Jardín en reclamación, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 139/2021

Madrid, a 13 de mayo de 2021.—La magistrada-juez, María Carmen Pérez Elena.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales doña Carmen Azpeitia Bello en nombre y representación de doña Raquel Barroso Segovia, contra doña Rosario Gloria Delgadillo y don Cristóbal Calle Jardín, debo condenar a los demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 848.14 euros, más intereses legales y costas del procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2449-0000-03-0049-20 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 21 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2449-0000-03-0049-20.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don Cristóbal Calle Jardín expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.889/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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