Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211130-7

Páginas: 22


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

7
ORDEN 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, en relación con el artículo 11 del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, de la Jefatura del Estado (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de junio de 2020), por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, que contempla la ampliación de las habilitaciones para la ejecución de la Oferta de Empleo Público y de los procesos de estabilización de empleo temporal; de acuerdo con lo establecido en el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, y de conformidad, igualmente, con lo previsto en el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 28 de marzo), y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre) por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, ahora Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de Junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes:

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) y lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en donde de forma expresa se establece en su base 1.3.a) que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para estos las convocatorias de personal funcionario de los Cuerpos de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de ochenta y seis (86) plazas en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

1.2. De las plazas indicadas, sesenta y siete (67) de ellas se encuentran vinculadas a la tasa de estabilización de empleo temporal de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por Decreto 144/2017 de 12 de diciembre, de las que siete (7) plazas se encuentran vinculadas a la tasa de estabilización de empleo temporal y sesenta (60) plazas a la tasa de estabilización personal laboral funcionariable de acuerdo con el artículo 10.1 del citado Decreto; otras dieciocho (18) plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada por el Decreto 170/2018, de 20 de diciembre, de las que una (1) plaza se encuentra vinculada a la tasa de estabilización de empleo temporal y diecisiete (17) plazas a la tasa de estabilización personal laboral funcionariable de acuerdo con el artículo 10.1 del citado Decreto; la plaza restante (1) se encuentra vinculada a la tasa de estabilización personal laboral funcionariable de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019, aprobada por el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, de acuerdo con el artículo 10.1 del citado Decreto.

1.3. Las plazas incluidas en el presente proceso selectivo, correspondientes a la tasa de estabilización de personal laboral funcionariable, se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9 e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez aprobados los correspondientes catálogos definitivos de puestos susceptibles de funcionarización, mediante Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 29 de julio).

1.4. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan seis (6) plazas del total de las convocadas por el turno libre.

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2.2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.

Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas - Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.

Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada esta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes: las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del/de la aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso a Cuerpo Superior Gestión Administración General”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por D.o Examen Titulación Subgrupo A1, Grupo Profesional I-Función Pública: “Dchos. Examen proc. Selec. de los que se deriva la formación de lista de espera o bolsa de trabajo”, y que asciende a 52,91 euros.

Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por las personas aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de Función Pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de selección

7.1. El sistema de selección será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo.

7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

7.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, de carácter obligatorio y eliminatorio.

7.3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por cien preguntas, sobre el programa de la oposición y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El cuestionario incluirá cinco preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas únicamente en el caso de que se anule alguna de las preguntas del cuestionario. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.

7.3.2. Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito un tema general relacionado con el grupo de materias comunes del programa, a elegir por cada aspirante de entre dos extraídos al azar en la misma sesión en que haya de celebrarse el ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

El tema realizado será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

7.3.3. Tercer ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, y relacionado con el grupo de materias específicas del programa de la oposición.

La duración máxima será de tres horas, y para su realización las personas aspirantes podrán acudir con la documentación y/o el material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, en la convocatoria del mismo.

El supuesto práctico desarrollado será leído por cada aspirante en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los planteamientos contenidos en el mismo.

El Tribunal podrá dialogar con los/as aspirantes durante un tiempo de quince minutos.

7.4. El orden de actuación de las personas participantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

7.5. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Octava

Calificación del proceso selectivo

8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

8.2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos y no haber sido calificado con menos de cuatro puntos.

8.2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos y no haber sido calificado con menos de cuatro puntos.

8.3. Calificación final: el orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada aspirante.

En caso de empate, el orden se esta¬blecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base 14.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicado a los/as aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de los/as aspirantes que concurren por el mismo.

Novena

Curso selectivo

9.1. Las personas aspirantes que hayan superado la oposición serán nombradas funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero).

9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Función Pública y tendrá como finalidad la adquisición de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar la preparación específica de las personas aspirantes y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder.

Su programa, regulación y duración se establecerá por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9.3. A efectos de la superación del curso, quienes participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante el Tribunal Calificador, y cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del mismo. Esta exposición será calificada por el Tribunal como “apta” o “no apta”.

No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, y la persona aspirante perderá el derecho al nombramiento como funcionario de carrera mediante resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador.

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso, así como la realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a las personas participantes durante el mismo. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la exposición a efectuar ante el Tribunal Calificador y, por tanto, esa persona perderá el derecho a ser nombrada funcionario de carrera.

9.4. Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos establecidos en la base 7.5, la relación de aspirantes que lo hubiesen superado.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

10.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación del aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición y apto en el curso selectivo.

— Calificación final.

10.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

10.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Undécima

Nombramiento de personal funcionario de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de dicha Orden.

Duodécima

Lista de espera para personal funcionario interino

12.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

12.2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de 3 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimirá conforme al siguiente criterio.

— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio de la oposición, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria.

Decimotercera

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 15 de noviembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública (Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR DE GESTIÓN, DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Grupo de materias comunes

I. Sistema Político y Constitucional Español. Organización Administrativa

1. Tipología de los sistemas y de los regímenes políticos. Regímenes autoritarios y democráticos. Las formas de gobierno.

2. La teoría de la división de poderes. Formulación clásica. Tendencias actuales. Aplicación en el marco constitucional español.

3. La representación política: Democracia directa y representativa en la Constitución Española.

4. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de asociación.

5. La distribución territorial del poder: El Estado unitario y el Estado Federal. El Estado de las Autonomías.

6. Evolución histórica del constitucionalismo español.

7. La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional.

8. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución Española.

9. Los derechos fundamentales: Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución Española. La protección de los derechos fundamentales.

10. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española. El modelo económico de la Constitución. Los deberes constitucionales.

11. La Monarquía parlamentaria. La Corona. Atribuciones. Sucesión y Regencia. El refrendo.

12. La Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes.

13. El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. Formación, composición y responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente.

14. La función parlamentaria de control al Gobierno. Cauces y procedimientos. Los estados de alarma, excepción y sitio.

15. Órganos constitucionales de control: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

16. La Administración consultiva: el Consejo de Estado y otros órganos con funciones consultivas.

17. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

18. La Justicia Constitucional. El Tribunal Constitucional. Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

19. Conflictos constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Conflictos en defensa de la autonomía local.

20. La Administración General del Estado: Organización central y territorial. Principales características del sector público institucional.

21. Naturaleza y construcción del estado autonómico: Antecedentes históricos. Los principios constitucionales: Unidad y autonomía, solidaridad, igualdad entre Comunidades Autónomas, igualdad de derechos y obligaciones de los ciudadanos y unidad de mercado.

22. El acceso a la autonomía y los procedimientos de elaboración y aprobación de los Estatutos. El sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas: Los Estatutos de autonomía.

23. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. La interpretación del Tribunal Constitucional. Principio constitucional de autonomía local.

24. La Administración Local: Regulación constitucional. Entidades que la integran. Normativa reguladora. Líneas generales de la organización del municipio y la provincia.

25. Las competencias del municipio y de la provincia. Bienes, actividades y servicios de las entidades locales. Los regímenes municipales y provinciales especiales.

26. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía: estructura. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

27. La Comunidad de Madrid (II): La Asamblea Legislativa: composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

28. La Comunidad de Madrid (III): La Administración Autonómica: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: Tipología y regulación.

II. Teoría del Derecho y Derecho Administrativo

29. La Administración Pública y el Derecho. Principios constitucionales. El principio de legalidad y el poder de autotutela de la Administración. Las fuentes del Derecho. Especial referencia al Derecho Administrativo.

30. La Ley: Teoría general y tipos de leyes. Reserva de ley. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos regionales. Los Estatutos de Autonomía. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización. Las leyes autonómicas.

31. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. La potestad reglamentaria. Órganos con potestad reglamentaria. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los reglamentos.

32. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas: Órganos de las Administraciones Públicas. Organización y competencia. Funcionamiento electrónico. Los órganos colegiados de las Administraciones Públicas.

33. Las relaciones interadministrativas. Principios generales. El deber de colaboración. Relaciones de cooperación y electrónicas entre las Administraciones Públicas.

34. El ciudadano como administrado. La capacidad de obrar. Concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

35. Cómputo del tiempo. Términos y plazos. Ampliación. Tramitación de urgencia. La prescripción y sus clases. La caducidad.

36. El acto administrativo: Concepto, clases y requisitos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Límites de la invalidez.

37. El procedimiento administrativo común. Derechos del interesado. Fases del procedimiento. Especial referencia a las peculiaridades del procedimiento sancionador y de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

38. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: principios generales y clases de recursos. Las reclamaciones económico-administrativas. Especial referencia a la organización económico-administrativa de la Comunidad de Madrid.

39. El tratamiento del acceso a la información pública en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Especial referencia a la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

40. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Concepto y naturaleza. Extensión y límites. Órganos. Las partes. Legitimación. Objeto del proceso y aspectos principales del mismo. La sentencia.

41. La expropiación forzosa. Sujetos, objeto, causa y contenido. El procedimiento expropiatorio.

42. Ley de Contratos del Sector Público. Disposiciones Generales. Partes en el contrato. Procedimiento. Delimitación de los tipos contractuales y sus principales características.

III. Relaciones Internacionales y Unión Europea

43. La política exterior de España y la política de cooperación al desarrollo. Los nuevos escenarios de las relaciones internacionales. La participación española en las organizaciones internacionales. Especial referencia al Consejo de Europa.

44. De las Comunidades Europeas a la Unión Europea (I). Los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas. El Tratado de Lisboa: el Tratado de la Unión y el Tratado de Funcionamiento de la Unión.

45. De las Comunidades Europeas a la Unión Europea (II): los procesos de ampliación.

46. Las instituciones de la Unión Europea (I): el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea.

47. Las instituciones de la Unión Europea (II): el Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Banco Central Europeo. Otras instituciones y órganos.

48. El derecho de la Unión Europea. Fuentes. Relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. La participación de los Estados Miembros en el proceso decisorio.

49. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario: Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

50. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.

51. La libre circulación de trabajadores. La política social y de empleo. Política agrícola y pesquera. Otras políticas comunes.

52. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. El espacio europeo de libertad, seguridad y justicia.

53. La cohesión económica y social. La política regional de la Unión Europea. El Comité de las Regiones. Los Fondos Estructurales. Participación española en los Fondos Estructurales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid

54. La Unión Económica y Monetaria y la política económica. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento y sus implicaciones en la política fiscal de los Estados Miembros. La armonización fiscal. Los Planes Nacionales de Reforma.

IV. Gerencia Pública

55. La información en las Administraciones Públicas: aplicaciones e implicaciones internas y externas. El sistema de información al ciudadano en la Comunidad de Madrid.

56. Aplicación de las nuevas tecnologías en las Administraciones Públicas. La Administración Electrónica. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

57. La planificación de la gestión pública: Naturaleza y objetivos. Tipos de planes. El proceso de planificación. La planificación estratégica y operativa. Programación y gestión de proyectos.

58. La Dirección. Fases del proceso de dirección. Toma de decisiones: Técnicas de apoyo. Estilos de dirección. La dirección por objetivos. La función directiva en la Administración Pública. El directivo público.

59. Políticas públicas: Formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

60. La protección de datos de carácter personal. El Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y el Consejo relativo al tratamiento y libre circulación de datos personales y la adaptación del ordenamiento jurídico español al mismo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

61. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBI-fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

62. Los modelos de Función Pública. La Función Pública comparada. El modelo español de Función Pública y su evolución. Características generales. Normativa básica. La Función Pública de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

63. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ámbito de aplicación. Tipología de empleados públicos. Clasificación, características y régimen jurídico aplicable. Los regímenes especiales de Función Pública. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.

64. La planificación de recursos humanos en la Administración Pública. Los Planes de ordenación de los recursos humanos. La Oferta de Empleo Público. Las Relaciones de Puestos de trabajo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

65. El acceso a la Función Pública: aspectos principales. Medidas para promover el acceso de las personas con discapacidad al empleo público.

66. El control de la actuación pública. La ética pública. La gestión de los conflictos de intereses en al ámbito público. Buen Gobierno. El código de conducta de los empleados públicos.

67. La Seguridad Social de los funcionarios públicos: Régimen General. Régimen Especial de Clases Pasivas. El Mutualismo Administrativo. La Seguridad Social de los funcionarios de la Comunidad de Madrid.

68. Contratación laboral en la Administración Pública. Regulación. Modalidades de contratación. Nacimiento y extinción de la relación laboral.

69. La formación de los recursos humanos: Planificación, ejecución y evaluación. La formación continua. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

70. Los sistemas de retribución: Tipología. Evaluación del desempeño y retribución del personal. Sistema retributivo de los funcionarios públicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

71. Relaciones laborales en la Administración Pública. El proceso de negociación colectiva. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Los derechos de sindicación y huelga en el ámbito del sector público.

72. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. Prevención de Riesgos Laborales en las Administraciones Públicas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Grupo de materias específicas

I. Derecho Administrativo y Recursos Humanos

1. La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado.

2. Los sistemas administrativos comparados: la Administración inglesa. El sistema administrativo francés. El sistema administrativo español: evolución.

3. Disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos. Disposiciones autonómicas con fuerza de Ley. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

4. La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

5. Personas jurídicas públicas y privadas: Criterios de distinción. Clasificación de las personas jurídicas públicas. Las personas jurídicas públicas en el Derecho español: Régimen jurídico. Especial referencia a la capacidad.

6. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Vías de control de la discrecionalidad. Los conceptos jurídicos indeterminados.

7. Teoría del administrado. Clases de administrados. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La participación en las Administraciones Públicas.

8. El sector público estatal: delimitación, organización y régimen jurídico. El sector público de la Comunidad de Madrid: delimitación, organización y régimen jurídico.

9. La Administración corporativa: Los Colegios profesionales. Las Cámaras Oficiales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

10. El órgano administrativo: Concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos: Examen particular de los colegiados y su régimen jurídico. La potestad organizatoria de la Administración: Creación, modificación y supresión de órganos.

11. Principios de la organización administrativa. La competencia: Naturaleza, criterios de delimitación y técnicas de traslación. La jerarquía, la coordinación y el control.

12. Centralización y descentralización: Concepto, requisitos y clases. Concentración y desconcentración. La tutela administrativa.

13. Relaciones entre las Administraciones Públicas: Mecanismos de cooperación, coordinación y control entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Órganos de relación. Conflictividad.

14. Conflictos de jurisdicción entre Juzgados o Tribunales y Administración. Vía de hecho y su protección procesal. ejecución de sentencias por la propia Administración. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid y sus Servicios Jurídicos.

15. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI): Funciones. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS): Funciones. La transparencia y el acceso a la información en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

16. El procedimiento administrativo común: Inicio, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo común. El silencio administrativo. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.

17. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

18. La potestad sancionadora de la Administración.

19. El procedimiento económico-administrativo. Materias impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la revisión. Suspensión del acto impugnado. La reclamación económico-administrativa. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

20. La jurisdicción contencioso-administrativa (I): Concepto, naturaleza y extensión. Órganos de este orden jurisdiccional y competencias. Las partes. Las pretensiones.

21. La jurisdicción contencioso-administrativa (II). Procedimientos ordinario y abreviado. Recursos. ejecución de sentencias. Procedimientos especiales. Medidas cautelares.

22. El régimen jurídico de la Función Pública. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: objeto y ámbito de aplicación. Tratamiento de los distintos empleados públicos. Negociación colectiva, representación y participación institucional.

23. La selección de personal en la Administración Pública. Procesos selectivos. Acceso de los nacionales de la Unión Europea a la Función Pública. Procedimientos de selección. Tribunales de Selección. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

24. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

25. Los derechos de los funcionarios. La carrera administrativa. La provisión de puestos de trabajo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

26. Los deberes de los funcionarios públicos. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

27. El régimen disciplinario de los funcionarios. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Delitos de los funcionarios. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

28. Los contratos del Sector Público (I): Legislación vigente: Ámbito de aplicación. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos de contratación. El contratista: Capacidad, solvencia y registro del empresario. Garantías exigibles. Actuaciones preparatorias: normas generales.

29. Los contratos del Sector Público (II): Procedimientos de adjudicación de los contratos administrativos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Racionalización técnica de la contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Cesión y subcontratación.

30. Los contratos del Sector Público (III): Análisis de los distintos tipos contractuales regulados en la normativa vigente: Contrato de obras y de concesión de obras públicas.

31. Los contratos del Sector Público (IV): Análisis de los distintos tipos contractuales regulados en la normativa vigente: resto de contratos. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

32. La expropiación forzosa: Naturaleza y justificación. El procedimiento expropiatorio. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. La garantía patrimonial: En particular, la reversión de bienes expropiados. Las expropiaciones especiales.

33. La actividad de policía o de limitación: Manifestaciones más importantes. La actividad de fomento y sus principales manifestaciones. La acción subvencionada. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

34. El Servicio Público: Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa e indirecta. La concesión.

35. Las propiedades administrativas: Teoría general y clasificación. El dominio público: Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico.

36. Los bienes patrimoniales de las Administraciones Públicas. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales. El régimen patrimonial de la Comunidad de Madrid.

II. Derecho Financiero y Hacienda Pública

37. El Derecho Financiero: Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública: Concepto y funciones. Las necesidades públicas. Los bienes públicos. La Hacienda Pública en la Constitución española.

38. Derecho Tributario. Concepto y contenido. La Ley General Tributaria. Los derechos y garantías de los obligados tributarios.

39. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. La recaudación de los ingresos. La vía de apremio.

40. El sistema tributario español. Su evolución histórica. Estructura actual. El sistema tributario estatal y los sistemas autonómico y local.

41. El impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Operaciones Societarias. Actos Jurídicos Documentados. Gestión del Impuesto.

42. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Base Imponible y liquidable. Tipo de Gravamen. Deuda Tributaria. Devengo y prescripción. Gestión del Impuesto.

43. Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. Especial referencia al texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

44. La financiación de las Comunidades Autónomas. La financiación de la Comunidad de Madrid: Financiación incondicionada. Financiación condicionada. Fuentes de financiación autónoma.

45. La financiación de las Corporaciones Locales. Principios constitucionales. Sistema de recursos previsto en la normativa reguladora de las Haciendas Locales.

46. El Derecho Presupuestario: Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.

47. El Presupuesto: Concepto y naturaleza. Evolución histórica de las técnicas presupuestarias: Del presupuesto clásico al presupuesto por programas. El presupuesto en base cero.

48. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido y regulación jurídica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido.

49. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Estructura presupuestaria. El ciclo presupuestario. Elaboración, examen, enmienda y aprobación del presupuesto.

50. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (III). Las excepciones al principio de especialidad de los créditos: Las modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

51. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y Pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación.

52. Gasto Público: Concepto. Fuente de las obligaciones económicas de las Administraciones Públicas. Exigibilidad. Extinción de las obligaciones: Compensación y prescripción.

53. El control de la actividad económico-financiera del sector público. Control externo y control interno. La Intervención General de la Comunidad de Madrid. Control de legalidad. Control de eficiencia: Control financiero, de eficacia y de auditoría. Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

54. Contabilidad Pública: Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General de la Comunidad de Madrid.

III. Derecho Laboral

55. El Derecho del Trabajo: Especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo: Normas internacionales y derecho social comunitario; principios constitucionales; otras fuentes.

56. Los convenios colectivos de trabajo (I): Concepto y naturaleza. Unidades de negociación, legitimación y ámbitos de los convenios colectivos. Procedimiento negocial, eficacia normativa e impugnación.

57. Los convenios colectivos de trabajo (II): Contenido normativo y obligacional. Convenios colectivos extraestatutarios e impropios. La aplicación e interpretación de las normas laborales.

58. El contrato de trabajo (I): Concepto y naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

59. El contrato de trabajo (II): Las relaciones laborales de carácter especial. Modalidades del contrato de trabajo.

60. El contrato de trabajo (III): Duración del contrato. Modificación, suspensión y extinción. El despido disciplinario.

61. Condiciones de trabajo: Jornada, descansos, régimen retributivo. Categoría y clasificación profesionales. Referencia al Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

62. El poder de dirección: Concepto y manifestaciones. Limitaciones del poder de dirección. El poder disciplinario: Concepto y caracteres. Faltas y sanciones. Referencia al Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

63. Los conflictos colectivos de trabajo y los procedimientos de solución. La huelga. El cierre patronal.

64. Participación en la empresa y régimen de representación del personal. La libertad sindical. El funcionamiento de los sindicatos. La acción sindical en la empresa. Referencia a la Administración de la Comunidad de Madrid.

65. La Administración laboral: Órganos y competencias. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. El proceso de trabajo: Principios generales y conceptos básicos. Recursos contra las sentencias.

66. La Seguridad Social (I): Evolución histórica. Caracteres generales del sistema español. Normativa vigente. Las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes. La colaboración en la gestión. Los regímenes especiales.

67. La Seguridad Social (II): El Régimen General. Campo de aplicación y afiliación. Cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.













(01/32.495/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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