Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
02-12-2021

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211202-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

14
ACUERDO de 24 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado y de las Corporaciones Locales.

La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, dedica el capítulo V de su título IV a los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, definiéndolos como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida de los menores que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid, y asimismo fomentan y articulan la participación social de los niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito, contribuyendo a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.

De igual forma, la Ley 18/1999, de 29 de abril, Reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, define los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, habiéndose constituido a su amparo el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos de Área y los Consejos Locales.

El Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, dedica su capítulo III a la composición y competencias de sus miembros y, dentro del mismo, el artículo 12, dispone que los vocales del citado Consejo serán nombrados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y a propuesta de las respectivas Administraciones y entidades.

Por Acuerdo de 2 de febrero de 2016, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 8 de febrero de 2016, se nombraron nueve de los Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid y de las Corporaciones Locales.

La aprobación del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 157/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social han supuesto importantes cambios organizativos en la Administración de la Comunidad de Madrid. Esta reestructuración de la administración autonómica ha afectado a la configuración del Consejo de la Infancia y la Adolescencia.

En consecuencia, procede nombrar nuevos Vocales en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado y de las corporaciones locales.

Ha de tenerse en cuenta que, conforme a lo dispuesto en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, y el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, así como en el artículo 10 del Decreto 64/2001, de 10 de mayo, que atribuye la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia de la Comunidad de Madrid al Director Gerente del extinto Instituto Madrileño del Menor y la Familia Menor, es el Director General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad quien asume la Vicepresidencia del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 24 de noviembre de 2021,

ACUERDA

Primero

Nombrar Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, a:

a) Don José Ignacio Martín Blasco, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

b) Don Ignacio Tremiño Gómez, Director General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

c) Doña Paula Gómez-Angulo Amorós, Directora General de Humanización y Atención al Paciente de la Consejería de Sanidad.

Segundo

Nombrar Vocal del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración General del Estado, a doña Cristina Navarro Enterría, Secretaria General de la Delegación de Gobierno de Madrid.

Tercero

Nombrar Vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de los municipios de entre 20.000 y 500.000 habitantes a:

a) Doña Susana Mozo Alegre, Concejala del Ayuntamiento de Alcorcón.

b) Doña Joanna Arranz Pedraza, Concejala del Ayuntamiento de Alcorcón.

Cuarto

Nombrar Vocal del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de los municipios de menos de 20.000 habitantes a doña Laura Martínez Díaz, Concejala del Ayuntamiento de Loeches.

Quinto

El nombramiento de los tres Vocales en representación del Ayuntamiento de Madrid se producirá una vez sean comunicadas las correspondientes designaciones por el órgano competente.

Sexto

Según lo previsto en el artículo 14.4 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, los Vocales del Consejo cesarán en sus funciones cuando dejen de ostentar la condición por la que fueron designados.

En el supuesto de que alguna de las personas nombradas dejase de ocupar la Vocalía, los nuevos Vocales podrán comenzar a desempeñar sus funciones con carácter provisional, hasta la formalización de su nombramiento, mediante reconocimiento de su adecuación por la Presidencia del Consejo, previa designación por el organismo o entidad correspondiente.

Acordado en Madrid, a 24 de noviembre de 2021.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/32.713/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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