Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211203-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48

106
Madrid número 48. Procedimiento 1416/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 1416/2019 entre Tibco Software (Ireland) Limited, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez, contra Cumbria Consulting, S. L., en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 20 de mayo de 2021, rectificada mediante auto de fecha 1 de junio de 2021; a continuación se recoge extracto del fallo la misma una vez rectificado error aritmético:

Que estimando la demanda formulada por Tibco Software (Ireland) Limite, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez, contra Cumbria Consulting, S. L., debo condenar a esta a que abone la suma de 249.000 euros, porte de la factura, así como la suma de 167.462,07 euros en concepto de intereses pactados con imposición de costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2542-0000-04-1416-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2542-0000-04-1416-19.

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a Cumbria Consulting, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 1 de junio de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(02/29.271/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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