Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2021

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211203-16

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

16
ORDEN 613/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialista, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317, de 30 de diciembre), en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, y de acuerdo con lo recogido en el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre), en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo) y en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) en todo lo que esta última no contradiga a la precitada Orden 1021/2021, de 27 de abril.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1. Se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para la cobertura de 9 plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el sistema de acceso libre, las 9 plazas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317, de 30 de diciembre).

2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, del total de las plazas ofertadas se reserva 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa. La plaza reservada para el cupo de discapacidad se acumulará a las del turno libre en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.

Segunda

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que, además de reunir todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, están en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, así como poseer la formación para el desempeño de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.

2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado anterior, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se puede acceder mediante el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comu..., seleccionando la Sección Personal Funcionario, el Grupo A, Subgrupo A1 y el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas/Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial y rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comu... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta Orden. Finalizada la cumplimentación del formulario el sistema le permitirá confirmarlo y enviarlo mediante su firma electrónica y le generará un documento en formato pdf que deberá guardar.

4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comu..., accediendo a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Autorización presentación solicitud”, de acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado 3 de esta base tercera.

5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación: “Acceso a plazas de funcionario-Técnicos Superiores Especialistas/Prevención de Riesgos Laborales A1 Estabilización”.

2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la precitada base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I, de los que se deriva la formación de bolsa de trabajo y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será 26,45 euros.

Quinta

Admisión de aspirantes

1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal de selección

1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

2. El régimen jurídico aplicable al tribunal de selección será el que se establece para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda y en el resto de normativa en la materia.

Séptima

Sistema selectivo

1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

2. La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por dos ejercicios de carácter eliminatorio.

3. El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 75 temas, de acuerdo con el desarrollo que se recoge en el anexo de esta Orden.

4. El primer ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 80 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta minutos.

5. El segundo ejercicio consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico a elegir entre tres que versará sobre el programa de la oposición.

El tiempo máximo para la realización del segundo ejercicio será de sesenta minutos.

El supuesto práctico desarrollado será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática, y la claridad y Orden de ideas, a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico, así como su forma de presentación y exposición.

Tras la lectura del supuesto práctico, el tribunal podrá dialogar con las personas aspirantes durante un tiempo no superior a quince minutos.

6. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al baremo y puntuación que se recoge en el apartado séptimo.7 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, siendo la forma de acreditación la que se indica a continuación:

— A efectos de acreditar la experiencia profesional: Copia de la correspondiente certificación de los servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso, conste o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas al cuerpo objeto de convocatoria, o, en su defecto, de la documentación complementaria a la mencionada certificación de servicios prestados que resulte acreditativa del desempeño de dichas funciones.

— A efectos de acreditar los cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Copia de los diplomas o de los certificados de los cursos de formación, expedidos por el órgano competente que corresponda.

7. El Orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se iniciará alfabéticamente por la primera cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).

8. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del segundo trimestre de 2022.

9. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán en la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo.

10. La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio y de la lista de personas aprobadas de todos los ejercicios integrantes de la fase de oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid, en el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comu....

Octava

Calificación del proceso selectivo

1. La puntuación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos sobre 10, en cada uno de los dos ejercicios.

2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el tribunal establecerá un nivel mínimo de 10 puntos para la superación de la fase de oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso, si bien podrán acceder a esta fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, tal y como estipula la base séptima.1 de la presente Orden.

3. La calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia la base séptima.6 de esta Orden, sin que el total pueda superar los 20 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Experiencia profesional: hasta un máximo de 16 puntos.

b) Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 4 puntos.

4. La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases de la convocatoria, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de concurso el 45 por 100 del total, no pudiendo el tribunal proponer el acceso a la condición de personal funcionario de carrera de un número superior de aprobados que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.

5. En caso de empate en la calificación final obtenida, el orden se establecerá atendiendo a las personas que concurran por el cupo de discapacidad, tal y como recoge el artículo 18.1 del Decreto 54/2006, de 22 de junio, en segundo lugar, a las personas que hayan obtenido la mayor puntuación en la fase de oposición y, en tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. De persistir el empate, éste se deshará mediante la celebración, por parte del tribunal, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

Novena

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

1. El tribunal hará pública, conforme a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo.

— Calificación final.

2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por quienes hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la base decimocuarta apartados 14.6 a 14.8 y 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el tribunal calificador la hará pública en los términos dispuestos en la base séptima.10 de esta Orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificación obtenida en la fase de oposición.

— Calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos de la fase de concurso y en el total de dicha fase.

— Calificación final.

4. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del tribunal calificador, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación.

Décima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.

Undécima

Lista de espera para personal funcionario interino

1. De conformidad con lo establecido en el apartado noveno de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, se constituye una lista de espera a efectos de su posible nombramiento como personal funcionario interino, con todas aquellas personas participantes del turno libre y del cupo de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente, hayan alcanzado un nivel mínimo suficiente que será establecido por parte del tribunal de selección y no hayan superado el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

2. La lista de espera constituida al amparo de esta Orden se regirá por lo dispuesto en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, así como en el Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), no pudiendo formar parte, en ningún caso, de ésta las personas aspirantes a las que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en los procesos selectivos.

3. La lista de espera constituida al amparo de esta Orden se renovará automáticamente cuando entre en vigor, a través de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la lista de espera que surja de la siguiente prueba selectiva para el acceso al mismo cuerpo objeto de esta convocatoria, quedando sin efecto la constituida en virtud de la presente Orden.

4. Únicamente se procederá a contactar con las personas integrantes de la lista de espera constituida al amparo de esta Orden, cuando no existan personas candidatas disponibles en la lista de espera derivada del proceso selectivo de personal de nuevo ingreso por el turno libre correspondiente a la tasa ordinaria de reposición de efectivos del mismo cuerpo que el de esta convocatoria.

5. En cuanto al Orden de las personas que formen parte de esta lista de espera, vendrá determinado por las personas que concurran por el cupo de discapacidad, tal como y como se recoge en el artículo 22.1 del Decreto, 54/2006, de 22 de junio y, en segundo lugar, por la calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por ese Orden, de la fase de oposición. En el caso de que se produzca empate entre las personas aspirantes, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra contemplada en la base séptima.7 de la presente Orden.

Duodécima

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del tribunal calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2021.—El Vicenconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

3. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. La Presidencia de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades, composición, designación y remoción.

4. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.

5. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

6. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

7. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Técnicas preventivas.

8. La Unión Europea. El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales de las instituciones comunitarias. Directiva marco 89/391/CEE y directivas específicas que la complementan. Las Estrategias Europeas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

9. Marco jurídico español actual en materia de prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones. La aplicación de la Ley en las administraciones públicas. La Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Madrid: Acuerdos Sectoriales de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, Convenio Colectivo para el Personal Laboral, y régimen estatutario para el personal de los servicios de salud.

10. Derechos y deberes: el derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores.

11. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España: funciones y facultades. Marco jurídico vigente. Organización del sistema de Inspección: órganos de colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo: competencias y funciones. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo: competencias y funciones.

12. El Reglamento de los Servicios de Prevención: la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa. El Plan de prevención de riesgos laborales. La evaluación de los riesgos. La planificación de la actividad preventiva. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades y requisitos.

13. La gestión de los riesgos laborales en la empresa: concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría de prevención.

14. Protección de la maternidad: riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas específicas. Consideración del trabajador especialmente sensible.

15. El desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

16. Responsabilidades y sanciones con relación a la prevención, infracciones administrativas, control de la actividad preventiva. Procedimiento sancionador. Sanciones. Las responsabilidades penal y civil en materia de prevención de riesgos laborales. La protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo.

17. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Formación para el desarrollo de las funciones de nivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales. Formación de los recursos preventivos.

18. Investigación de accidentes de trabajo: objetivos de la investigación, accidentes que se deben investigar. Incidentes. Metodología de la investigación de accidentes. El informe resultante: componentes esenciales. La investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas.

19. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria. Las enfermedades profesionales.

20. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud: designación, competencias y facultades. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

21. Control estadístico de la accidentabilidad. Principales índices. Notificación y registro de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

22. Disposiciones mínimas sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Criterios para el empleo de la señalización. Tipos de señalización.

23. Equipos de protección individual (EPI). Normas legales que regulan su uso y certificación. Condiciones de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual: selección, clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual. Obligaciones de los empresarios, fabricantes y usuarios.

24. Riesgos en los lugares de trabajo. Evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo. Aspectos de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo que se mantienen vigentes.

25. El riesgo de incendio: química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos, reacción y resistencia al fuego. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible.

26. Instalaciones de protección contra incendios. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Instalación, puesta en servicio y mantenimiento. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

27. Medidas de emergencia y autoprotección. Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Norma Básica de Autoprotección. Aspectos básicos sobre seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

28. Riesgos debidos a la electricidad: efectos nocivos. Lesiones producidas en el cuerpo humano. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos. Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

29. Máquinas: normativa aplicable. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimientos de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.

30. Utilización de equipos de trabajo: evaluación de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad.

31. Trabajos temporales en altura: riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable. Escaleras de mano. Andamios. Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas. Trabajos sobre cubiertas de materiales ligeros: riesgos y medidas preventivas.

32. Explosiones: concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos combustibles y gases y vapores inflamables. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de prevención de la formación de atmósferas explosivas. El Documento de Protección Contra Explosiones. Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Fuentes de ignición. Normativa aplicable.

33. Espacios confinados: concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El permiso de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Formación e información. La presencia de los recursos preventivos. Tipos de espacios confinados y motivos de acceso. Medidas preventivas.

34. Almacenamiento de productos químicos: riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable y requisitos documentales en el almacenamiento de productos químicos.

35. Equipos a presión: calderas. Normativa aplicable y requisitos documentales.

36. Instalaciones eléctricas de baja tensión: puesta en servicio, verificaciones e inspecciones. Requisitos documentales de las instalaciones de puesta a tierra y de las instalaciones de locales de pública concurrencia.

37. Ascensores: normativa aplicable y requisitos documentales.

38. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Diferencias entre obras con proyecto y obras sin proyecto. El estudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los principales intervinientes en el proceso constructivo. Libro de incidencias. La subcontratación en el sector de la construcción.

39. Conceptos básicos de Higiene Industrial. Modelos estadísticos aplicados a la Higiene Industrial. Estrategias de muestreo. Representatividad de las mediciones. Valoración de las exposiciones.

40. Toxicología laboral: clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al organismo de los agentes químicos. Mecanismos de toxicidad. Relación dosis-efecto y dosis-respuesta. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de Exposición Profesional.

41. Normativa sobre comercialización de sustancias y preparados peligrosos. Identificación y comunicación del riesgo químico. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y preparados peligrosos. Mecanismos de información: etiquetas y fichas de datos de seguridad.

42. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta higiénica. Identificación de contaminantes en los lugares de trabajo. Técnicas de evaluación cuantitativas y cualitativas para el riesgo por inhalación y por absorción dérmica de agentes químicos: Concepto y aplicación diferencial. Criterios de elección. Equipos de medida. Control de calidad de los equipos.

43. Control de la exposición a agentes químicos. Medidas preventivas. Métodos generales de control: acciones técnicas y organizativas. Priorización del control de riesgos. Técnicas de ventilación para el control de los agentes químicos: extracción localizada y ventilación por dilución.

44. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones de agentes y actividades. Información y formación de los trabajadores con relación a los riesgos por agentes químicos.

45. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Exposición al amianto. Límites de exposición profesional para agentes cancerígenos.

46. Agentes biológicos. Características de los agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Técnicas de evaluación, cuantitativas y cualitativas. Medidas preventivas. Control de la exposición a agentes biológicos.

47. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

48. Ruido. Conceptos básicos. Aspectos objetivos y subjetivos, ruido y comunicación. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición. Metodología de evaluación cuantitativa y cualitativa: higiene y ergoacústica (criterios SIL y NR). Medidas preventivas y protección.

49. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

50. Vibraciones mecánicas. Conceptos básicos. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y métodos de evaluación: evaluación por estimación y por medición. Medidas de prevención y protección. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.

51. Radiaciones. Conceptos básicos. Tipos y naturaleza de las radiaciones. Clasificación según su efecto biológico. Magnitudes y unidades de medida. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y evaluación de riesgos. Medidas de prevención y protección. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones.

52. Ambiente térmico. Conceptos básicos. Mecanismos de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Mecanismos de termorregulación. Ecuación del Balance Térmico. Medición de las variables que intervienen en la evaluación del ambiente térmico. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse del ambiente térmico.

53. Evaluación de la exposición a ambientes térmicos. Índices: WBGT, sudoración requerida, temperatura efectiva corregida, PMV (Voto Medio Estimado)-PPD (Porcentaje Estimado de Insatisfechos), IREQ (Aislamiento Requerido de la Vestimenta), WCI (Índice de Enfriamiento por el Viento). Medidas preventivas y de control.

54. El síndrome del edificio enfermo. Conceptos básicos. Características comunes a los edificios enfermos. Posibles factores de riesgo. Efectos sobre la salud. Estrategias de investigación y evaluación. Medidas preventivas y de control.

55. Ergonomía: concepto y objetivos. Naturaleza interdisciplinar. Principios ergonómicos aplicables al diseño ergonómico del puesto de trabajo. Antropometría: elementos estáticos y dinámicos. La postura de trabajo. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía: LEST, EWA y ERGOS.

56. Principios ergonómicos aplicables al diseño ergonómico del puesto de trabajo. Antropometría: Elementos estáticos y dinámicos. Postura de trabajo: Referencia al sector servicios.

57. Iluminación y visión. Parámetros. Magnitudes luminosas fundamentales. Factores que influyen en la visibilidad y referencia del color. Evaluación de las condiciones de iluminación. Medidas preventivas y de control. Normativa legal y técnica.

58. Pantallas de visualización de datos (PVD): metodología para la evaluación de los riesgos específicos. Trastornos visuales, musculoesqueléticos: referencia explícita del síndrome del túnel carpiano (STC) y efectos psicológicos (tecnoestrés). Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación del puesto de trabajo con PVD.

59. Carga física de trabajo (I): biomecánica y fisiología de la actividad muscular, determinación del gasto energético. Carga física estática y dinámica. Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación y prevención del riesgo derivado de la manipulación manual de cargas.

60. Carga física de trabajo (II): fatiga física y su recuperación. Movimientos repetidos y sobreesfuerzos. Posturas de trabajo: Factores y criterios para su evaluación y prevención de los riesgos. Lesiones y trastornos musculoesqueléticos: Referencia específica al miembro superior.

61. Carga física de trabajo (III): valoración de la carga física de trabajo. Medición de parámetros fisiológicos: Consumo de oxígeno en el trabajo dinámico, medición de la frecuencia cardíaca, tablas de consumo metabólico. Los criterios de Chamoux y de Frimat.

62. Manipulación manual de cargas: riesgos asociados y su prevención. Métodos de evaluación. Ecuación del NIOSH (National Institute for Occupational Safety and Health, USA). Empuje y arrastre. Aplicación ISO 11228.

63. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación: métodos OWAS (Ovako Working Posture Analysing System) y REBA (Rapid Entire Body Assesment).

64. Trastornos musculoesqueléticos por movimientos repetidos en la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Métodos de evaluación RULA (Rapid Upper Limb Assesment) y Ergo-IBV (Instituto de Biomecánica de Valencia).

65. Carga mental de trabajo y percepción de la información. Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos. La norma ISO 10075: Principios ergonómicos concernientes a la carga mental de trabajo.

66. Factores de riesgo psicosociales (I). Características comunes y diferenciales con los otros riesgos laborales: relación probabilística de causas y sus posibles efectos. Consecuencias de los riesgos psicosociales para el individuo, los grupos y las organizaciones. Apoyo legislativo-normativo y referencia a las recomendaciones internacionales.

67. Factores de riesgo psicosociales (II). Factores relativos a la tarea: Contenido y significado del trabajo, grado de autonomía. Aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo: referencia explícita al trabajo a turnos y nocturno. Consideración dentro de los métodos generales de evaluación de riesgos.

68. Factores de riesgo psicosociales (III). Medidas preventivas y acciones correctivas sobre la tarea: Rotaciones, ampliación, enriquecimiento de puestos. Tiempo de trabajo: duración y ordenación, flexibilidad y autonomía. La organización como condición de trabajo: Modelos históricos de organización, revolución industrial y revolución informática.

69. Estrés laboral: estresores; factores modulares del estrés; respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral.

70. Síndrome de burnout o de estar quemado por el trabajo. Definición y delimitación conceptual. Instrumentos de medida: Referencia explícita del MBI (Maslach Burnout Inventory). Consecuencias personales y para la organización. Estrategias de prevención y afrontamiento.

71. Acoso psicológico en el trabajo. Definición y delimitación conceptual: diferencia de causas y efectos. Multidimensionalidad: Referencia explícita diferencial de la evaluación psicosocial con los aspectos jurídicos y clínicos. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Gestión de caso: Intervenciones laborales disciplinarias, judiciales y clínicas. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de acoso en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

72. Violencia en el trabajo. Tipos y manifestaciones de la violencia ocupacional. La violencia ocupacional externa. Identificación y diseño de actuaciones ante la violencia ocupacional externa. Análisis de situaciones de violencia: herramientas, diseño y adopción de estrategias personales y organizacionales. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de violencia en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

73. Aspectos técnico-preventivos de las Guías de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre factores y riesgos psicosociales. Indicadores de existencia de riesgo. Procesos componentes de la preparación, evaluación de riesgos y planificación, y control de la eficacia de resultados.

74. Técnicas cuantitativas y cualitativas de evaluación psicosocial: características científicas, epistemológicas y diferenciales. Escalas y cuestionarios, observación, entrevista y técnicas grupales de recogida de información. Métodos estadísticos, muestreo y selección muestral. Recogida y análisis de datos. Control de sesgos en todas las fases del proceso de evaluación.

75. Metodologías de evaluación de los factores psicosociales. Método FPSICO de evaluación del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cuestionario psicosocial de Copenhague: adaptación al español ISTAS 21.















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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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