Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2021

Sección 2.110.130.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211203-81

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Confederación Hidrográfica del Tajo

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Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Tajo. Apeo y deslinde arroyo de La Peraleda

Anuncio en expediente de apeo y deslinde. Ref.: DES-0003/2019.

Se hace público que, con fecha 4 de noviembre de 2021, la Presidencia de este Organismo, en virtud de la competencia otorgada por el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; por el artículo 33 del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, y Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, de acuerdo con la propuesta de la Comisaría de Aguas y visto el informe del Servicio Jurídico del Estado, ha aprobado la resolución del expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico (ambas márgenes) de un tramo de cauce del arroyo de La Peraleda, en término municipal de Colmenarejo (Madrid), con inicio a la altura del punto de coordenadas UTM del eje del cauce: X = 413.482; Y = 4.490.853, y finalización aguas abajo, en el punto de coordenadas UTM del eje del cauce: X = 413.455; Y = 4.490.728, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“1.o Aprobar el expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico de un tramo del arroyo de La Peraleda, ambas márgenes, en término municipal de Colmenarejo (Madrid), con inicio a la altura del punto de coordenadas UTM del eje del cauce: X = 413.482; Y = 4.490.853, y finalización aguas abajo, en el punto de coordenadas UTM del eje del cauce: X = 413.455; Y = 4.490.728 (expediente DES-0003/2019), resultando una superficie de dominio público hidráulico de 1.492 m2.

2.o Aprobar la línea de dominio público hidráulico representada en el plano a escala 1:750 que obra en el expediente. La ubicación de las estacas que la señalan sobre el terreno, igualmente representadas en el citado plano, es la definida por las coordenadas UTM que se reflejan en el siguiente cuadro:

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 22.2 del texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto 1/2001, de 20 de julio). Contra dicha resolución puede interponer potestativamente Recurso de Reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación ante el Sr. Presidente de este Organismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” número 236, de 2 de octubre de 2015).

Así mismo, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia que corresponda, a tenor de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, según lo establecido en el artículo 46 de la citada Ley”.

Madrid, a 15 de noviembre de 2021.—El comisario de Aguas, Javier Díaz-Regañón Jiménez.

(02/32.168/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.130.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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