Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211210-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

18
ORDEN 3494/2021, de 26 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se concede el Premio “Fermina Orduña” 2021, a la innovación tecnológica, en la modalidad trayectoria profesional mayores de cuarenta años, a doña Elena García Armada, y se dispone un gasto de 42.000 euros para la financiación de dicho Premio.

Vista la Orden 2747/2021, de 20 de septiembre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan para el año 2021 los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 232, de 29 de septiembre de 2021).

Vista la propuesta del Jurado designado para la evaluación de las solicitudes presentadas y elaboración de la propuesta de concesión de los Premios en la modalidad trayectoria profesional mayores de cuarenta años, según consta en el acta levantada al efecto con fecha 19 de noviembre de 2021.

En su virtud, y en el uso de las atribuciones previstas en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

DISPONGO

Primero

Conceder el Premio “Fermina Orduña” 2021 a la innovación tecnológica, en la modalidad trayectoria profesional mayores de cuarenta años, a doña Elena García Armada.

Segundo

Autorizar la disposición de un gasto para la financiación de dicho premio por un importe de 42.000 euros, consignados en el subconcepto 49909 del Programa 466A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

El mencionado premio se encuentra sometido al régimen de contabilidad pública, lo que implica la obligación de rendir cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a la Asamblea de Madrid, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 114 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y 5 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 26 de noviembre de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/33.062/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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