Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211214-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

119
Madrid número 24. Procedimiento 975/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dfia. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 975/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BEATRIZ MONTAÑA RODRIGUEZ frente a APOLO INFORMATION TECHNOLOGIES SL y APOLO COMUNICACIONES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 50 y en la forma del artículo 97.2 de la LRJS

SENTENCIA número 429/2021 cuya documentación consta en el soporte audiovisual de grabación y siendo el fallo dictado el siguiente:

FALLO

“ESTIMO la demanda presentada por Dña. BEATRIZ MONTAÑA RODRIGUEZ asistida por el letrado D. Laura Linares Mora contra APOLO COMUNICACIONES SL y FOGASA que no comparecen y en consecuencia:

CONDENO a APOLO COMUNICACIONES SL a abonar a Dña. BEATRIZ MONTAÑA RODRIGUEZ la cantidad de 1.037,68 euros con el recargo del artículo 29.3 del ET.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firma

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a APOLO COMUNICACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguiente comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid, a veintidos de noviembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.720/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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