Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211214-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

128
Móstoles número 1. Procedimiento 144/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO letrado/a de la Admón.. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 144/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YOLANDA GUIJO FARIÑAS frente a HOTEL EQUO HUMANES SL y EMPLEO ESTABLE SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 339/2021 DE FECHA 17/11/2021

FALLO

Estimo la demanda y condeno a Empleo Estable, S.L. a abonar a Dª YOLANDA GUIJO FARIÑAS la cantidad de 2.764’19 euros, de los cuales corresponden a conceptos salariales la cantidad de 1.019’57 euros, a cuyo abono se condena solidariamente junto con la anterior empresa a la codemandada Hotel Equo Humanes, S.L., incrementándose la citada cantidad en 101’96 euros en concepto de 10% de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente resolución no cabe recurso.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EMPLEO ESTABLE SL y HOTEL EQUO HUMANES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.791/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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