Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2021

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211214-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, del Director General de Reequilibrio Territorial, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaría-Intervención, del Ayuntamiento de Daganzo.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Daganzo escrito de fecha 5 de noviembre de 2021, remite la documentación relativa a la supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.

Visto que en el expediente consta: Oficio de remisión; Certificado de Secretaria del acuerdo de Pleno de fecha 23 de junio de 2021, por el que se acuerda la amortización del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de secretaría, intervención y tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.

Visto que el artículo el artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, establece en su apartado primero, “Las Entidades Locales podrán crear otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría, Intervención o Tesorería, respectivamente”.

Visto que el artículo 15.3 del RD 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.

De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el Artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización, al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras, que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del RD 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.

Así pues, que en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Daganzo, se debe concluir que la competencia para la creación y supresión del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación (tanto de la creación como de la supresión) le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización,

HE RESUELTO

1. Dar publicidad, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, al acuerdo de supresión del puesto de colaboración de Vicesecretaría-Intervención, Ayuntamiento Daganzo, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante acuerdo de Pleno de 16 de julio de 2020, acuerdo de Pleno de 23 de junio de 2021, y solicitud de 5 de noviembre de 2021, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2021.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.

(03/33.343/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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