Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2021

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211214-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

94
Madrid. Presidencia. Calendario guardias juzgados Leganés

PRESIDENCIA

Calendario de guardias para el año 2022, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de la sesión celebrada en el día de hoy, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el martes de cada semana, hasta el martes, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia sólo a los efectos de celebrar los Juicios Rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.

También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia se produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada martes).

Respecto al turno especial de guardia previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, el Juzgado al que por turno ordinario le corresponda la prestación del servicio de guardia será apoyado por los siguientes Juzgados y en el siguiente orden: el Juzgado número 1 será apoyado por el Juzgado número 5, y si fuera necesario más de un Juzgado, el siguiente al número 5, es decir, el número 6 y así sucesivamente.; el Juzgado número 2, por el Juzgado número 6, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 3, por el Juzgado número 7, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 4, por el Juzgado número 8, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 5, por el Juzgado número 1, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 6, por el Juzgado número 2, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 7, por el Juzgado número 3, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo; el Juzgado número 8, por el Juzgado número 4, y si fuera necesario, por los siguientes en orden sucesivo.

Madrid, a 25 de noviembre de 2021.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.

(03/32.709/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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