Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2021

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211217-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

15
ORDEN 2040/2021, de 2 de diciembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se nombran vocales del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid.

Mediante el Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, del Consejo de Gobierno, se creó el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, como órgano colegiado de consulta y participación en materia de cooperación al desarrollo, adscrito a la Consejería competente en esta materia.

El artículo 4 del citado Decreto 135/2018 establece, en su apartado 1, el número de vocales que forman parte del Pleno del Consejo. En el apartado 4 del mismo artículo, se dispone que el nombramiento de los vocales corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo.

El artículo 5.2.h) del mismo Decreto, señala como causa de cese de los vocales, la pérdida de la condición por la que fueron nombrados.

En aplicación del mencionado artículo 4 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, se dictó la Orden 1895/2018, de 5 de diciembre, de la entonces Consejera de Políticas Sociales y Familia, por la que se nombraron los vocales del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid por un período de cuatro años, que comenzó el 10 de diciembre de 2018, fecha de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de la citada Orden.

Con posterioridad, mediante la Orden 47/2020, de 23 enero, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se separaron y nombraron vocales del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, se actualizó la representación de las Administraciones autonómica y local, así como los vocales en representación de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo con representación en la Comunidad de Madrid.

Posteriormente, el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, estableció el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y asignó a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social la competencia, entre otras, en materia de cooperación al desarrollo.

Asimismo, el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, modificó la estructura orgánica básica de las citadas Consejerías. Este proceso ha dado lugar al cambio de denominación de numerosos órganos administrativos, a la redistribución de sus competencias y al cese de responsables de los mismos, que llevaban aparejada la condición de vocal del Pleno del Consejo de Cooperación al Desarrollo, así como al nombramiento de nuevos titulares.

En virtud de lo expuesto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.4 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, por el que se crea el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con las propuestas de designación realizadas por las diferentes Consejerías con representación en el Consejo,

DISPONGO

Primero

Efectuar los siguientes nombramientos de vocales del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, en sustitución de vocales que han cesado en el ejercicio de esta función:

— Doña Paula Gómez-Angulo Amorós, Directora General de Humanización y Atención al Paciente, en representación de la Consejería competente en materia de cooperación sanitaria.

— Doña Patricia Reyes Rivera, Directora General de Igualdad en representación de la Consejería competente en materia de mujer.

— Don Alberto San Juan Llorente, Director General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, en representación de la Consejería competente en materia de familia y menores,

— Don Fernando Arlandis Pérez, Director General de Descarbonización y Transición Energética, en representación de la Consejería competente en materia de medio ambiente.

— Don José María Rodríguez Jiménez, Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, en representación de la Consejería competente en educación no universitaria.

— Don Ricardo Díaz Martín, Director General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, en representación de la Consejería competente en educación universitaria.

— Don Carlos Daniel Martínez Rodríguez, Viceconsejero de Cultura y Turismo, en representación de la Consejería competente en materia de cultura.

— Don José Francisco Herrera Antonaya, Director General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, en representación de la Consejería competente en materia de seguridad y emergencias,

Segundo

Los vocales nombrados lo serán por el tiempo restante hasta la finalización del mandato de los vocales a los que sustituyen, es decir, hasta el 10 de diciembre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre.

Tercero

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2021.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

(03/33.916/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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