Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211223-57

Páginas: 10


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Chinchón. Régimen económico. Presupuesto general

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Chinchón, por el que se aprueba definitivamente el presupuesto municipal para el ejercicio 2021.

Formado el presupuesto municipal de este Ayuntamiento, correspondiente al ejercicio económico 2021, así como sus bases de ejecución y la plantilla de personal comprensiva de todos los puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 18 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988.

Vistas las alegaciones presentadas en tiempo y forma.

Visto el informe de Secretaría de fecha 13 de diciembre de 2021.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Cuentas de fecha 16 de diciembre de 2021.

El Pleno del Ayuntamiento, con seis votos a favor de la Agrupación Transparencia y Servicio y seis en contra de los Partidos Políticos de Partido Popular, Socialista, Vox y concejala no adscrita y en segunda votación obteniéndose el mismo resultado, aprueba con el voto de calidad del alcalde-presidente, lo siguiente:

Primero.—Estimar las alegaciones presentadas por M. M., referente al reconocimiento de trienios, desestimando el resto.

Segundo.—Desestimar el resto de alegaciones presentadas.

Tercero.—Aprobar definitivamente el presupuesto municipal de este Ayuntamiento, para el ejercicio económico 2021, junto con sus bases de ejecución, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Cuarto.—Aprobar definitivamente la plantilla de personal, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual.

Quinto.—Remitir copia a la Administración del Estado, así como al órgano competente de la Comunidad Autónoma y notificar a los interesados que hubiesen presentado alegaciones a la aprobación inicial.

Asimismo, se da publicidad a la plantilla de personal aprobado junto con el presupuesto:













Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

Chinchón, a 21 de diciembre de 2021.—El alcalde, Francisco Javier Martínez Mayor.

(03/34.840/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211223-57